Consulta de tributos

IIVTNU. Tributación de los fideicomisos con y sin facultad de disponer

Si se adquiere el legado de un bien inmueble urbano en fideicomiso con facultad de disposición, se está adquiriendo tanto la facultad de disfrute como la facultad de disposición sobre el bien inmueble, por lo que está adquiriendo la propiedad del inmueble. Si se adquiere sin facultad de disposición, se está adquiriendo el usufructo vitalicio. Consulta Vinculante V0136-23 de la SG de Impuestos Patrimoniales, Tasas y Precios Públicos, de 3 de febrero de 2023

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IIVTNU. Donación de un bien inmueble, ¿se puede tener en cuenta el valor de referencia a efectos de determinar la no sujeción?

En el IIVTNU se estará al valor determinado en el título de la transmisión, y si la Administración tributaria considera que dicho valor no se corresponde con el valor de mercado, podrá determinar un valor diferente, previa comprobación de valores. Consulta Vinculante V0157-23 de la SG de Tributos Locales, de 6 de febrero de 2023

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Consulta de tributos

IAE. La adquisición de criptomonedas, sin ánimo de intervenir en el mercado, es un supuesto de no sujeción

Las operaciones de compraventa de criptomonedas, con capital propio, sin ánimo de intervenir en el mercado, no produce el hecho imponible del IAE, sin embargo, si se prestan servicios a terceros, bien de compraventa o bien de minado de criptomonedas, sí estará sujeto al impuesto, debiendo darse de alta en el epígrafe 831.9 de la sección primera de las Tarifas "Otros servicios financieros n.c.o.p." Consulta Vinculante V0213-23, de 9 de febrero de 2023 de la Subdirección General de Tributos Locales.

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IBI E IIVTNU. Cesión del usufructo temporal de inmuebles a Organismos Públicos para fines sociales

El sujeto pasivo del IBI es el usufructuario, en este caso, el Organismo Público cesionario. En el caso del IIVTNU, la constitución de un derecho de usufructo temporal está sujeto al impuesto y su base imponible se calculará conforme la normativa del ITP y AJD. Al tratarse de una sociedad de gestión de activos, el periodo generacional del impuesto se computa desde la adquisición original por parte de la entidad de crédito que posteriormente transmitió el inmueble a la sociedad de gestión de activos, en aplicación de la Ley 9/2012 (reestructuración bancaria). Consulta Vinculante V0214-23, de 10 de febrero de 2023 de la Subdirección General de Tributos Locales

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IIVTNU. Hecho imponible del impuesto por el ejercicio de la opción de compra en el marco de un contrato de leasing

Atendiendo a la jurisprudencia del TS, el ejercicio de la opción de compra puede constituir el hecho imponible del impuesto, correspondiendo al sujeto pasivo probar la inexistencia de incremento. En todo caso, el valor de transmisión no es el valor residual a satisfacer con el ejercicio de la opción de compra, sino que será el importe total satisfecho por el arrendatario financiero. Consulta Vinculante V0199-23, de 8 de febrero de 2023 de la Subdirección General de Tributos Locales

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IAE. Cómputo del elemento de superficie en una actividad de almacenamiento y reexpedición de graneles líquidos

Las instalaciones que estén situadas dentro de un recinto único (almacén o depósito), constituirán un único local a efectos del impuesto siempre que no estén separadas por calles, caminos o paredes continuas sin huecos, no teniendo tal consideración los viales de acceso a dichos edificios (Regla 14). Consulta Vinculante V0064-23, de 19 de enero de 2023 de la Subdirección General de Tributos Locales.

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IIVTNU. Hechos imponibles anteriores a la STC 182/2021 pendientes de liquidar a fecha 26/10/2021

Los hechos imponibles producidos con anterioridad al día 26 de octubre de 2021 que no se hubieran liquidado o autoliquidado, por cualquier motivo, no pueden ser objeto de liquidación, dada la anulación de los preceptos reguladores de la base imponible por la STC 182/2021, que imposibilita la liquidación, comprobación y recaudación del impuesto y por tanto, su exigibilidad, ya que el RDley 26/2021 no tiene efectos retroactivos. Consulta Vinculante V0063-23, de 18 de enero de 2023 de la Subdirección General de Tributos Locales.

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TASA 1.5% . Cálculo de la base imponible de la tasa

Las empresas de comercialización de energía eléctrica, para determinar el importe de la tasa del artículo 24.1.c) del TRLRHL, deberán computar los ingresos brutos procedentes de la facturación a sus clientes por los servicios de suministro de la energía eléctrica, sin que proceda disminuir de dichos ingresos brutos, el importe de la minoración de la retribución de la actividad de producción de energía eléctrica (Título III del RD-ley 17/2021). Consulta Vinculante V0070-23, de 20 de enero de 2023 de la Subdirección General de Tributos Locales.

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IBI. Sujeto pasivo cuando convive la propiedad plena con otros derechos reales

Siendo la estructura de titularidad el bien inmueble, del 50% en nuda propiedad, 50% en usufructo y el 50% de pleno dominio (del mismo usufructuario) el sujeto pasivo del impuesto es el usufructuario por ostentar el 50% de usufructo y el 50% de la propiedad plena, sin perjuicio de la facultad de repercusión. Consulta Vinculante V0071-23, de 20 de enero de 2023 de la Subdirección General de Tributos Locales.

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BENEFICIOS FISCALES. Repercusión del IBI a una fundación por la parte proporcional del tiempo de propiedad del ejercicio de la transmisión

La transmisión del derecho de propiedad tiene efectos tributarios en el devengo siguiente a la transmisión. La fundación sólo estará exenta en el ejercicio siguiente a la adquisición. Consulta Vinculante V2308-22, de 2 de noviembre de 2022 de la Subdirección General de Impuestos sobre el Consumo.

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IAE. Actos censales del titular de varios inmuebles tras la finalización del periodo de exención por inicio de actividad

El interesado debe darse de alta en la actividad, en los epígrafes 833.1 y 833.2 por cuota municipal y satisfacer las cuotas correspondientes por todos y cada uno de los inmuebles ubicados en los diferentes municipios en los que ejerce la actividad de promoción inmobiliaria. Consulta Vinculante V2587-22, de 21 de diciembre de 2022 de la Subdirección General de Tributos Locales

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IAE. Epígrafe de tributación de las Estaciones de servicios que prestan servicios de lavado, a través de un tercero

La actividad ejercida es de carácter comercial y no una actividad calificada de profesional o de mediador mercantil, por lo que deberá darse de alta en los epígrafes de tributación por la actividad ejercida, en el caso del lavado, aunque se ejerza por un tercero, corresponde el epígrafe 751.5 de la sección primera de las Tarifas, “Engrase y lavado de vehículos”. Consulta Vinculante V2510-22, de 5 de diciembre de 2022 de la Subdirección General de Tributos Locales

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TASA 1.5%. Delimitación del hecho imponible de la Tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local

El “consumidor directo en mercado” que adquiere directamente la energía eléctrica para su propio consumo en el mercado de producción, no es ni distribuidor ni comercializador de energía eléctrica a terceros, por lo que únicamente se le podrá exigir el pago de la Tasa si el acceso a la red de distribución de energía eléctrica transcurre por el suelo, vuelo o subsuelo del dominio público local y, en todo caso, se cuantificará por el régimen general (artículo 24.1 a) del TRLRHL). Consulta Vinculante V2394-22, de 17 de noviembre de 2022 de la Subdirección General de Tributos Locales

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APREMIO. Límite de inembargabilidad de sueldos, salarios o pensiones, en el mes en que se percibe paga extra

La SGT cambia de criterio para adaptarse a la doctrina administrativa del TEAC de modo que, en el mes en que se percibe la paga extraordinaria, computará el doble del SMI mensual y si la paga está prorrateada, el límite de inembargabilidad estará constituido por el importe del SMI en cómputo anual (SMI mensual x 14) prorrateado entre 12 meses. Al exceso percibido sobre tales cantidades se le aplicará la escala del artículo 607.2 de la LEC. Consulta Vinculante V2304-22, de 2 de noviembre de 2022 de la Subdirección General de Tributos

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APREMIO. Compatibilidad de la hipoteca legal tácita y la declaración de responsabilidad subsidiaria por afección de bienes

La hipoteca legal tácita del artículo 78 de la LGT, como garantía real del crédito tributario, resulta compatible con la responsabilidad tributaria por afección de bienes regulada en el artículo 64 del TRLRHL, todo ello con el límite del plazo de prescripción. Consulta General 0017-22, de 24 de octubre de 2022, de la Subdirección General de Tributos Locales

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TASAS /PPCPNT. Delimitación de las Tasas y las Prestaciones Patrimoniales de Carácter Público no tributarias

Los importes satisfechos por los usuarios por la prestación del servicio de suministro de agua y alcantarillado prestado por una sociedad mercantil participada íntegramente por el Ayuntamiento, que emite las facturas por cuenta del Ayuntamiento e ingresa los importes recaudados en cuentas propias que después transfiere a las cuentas de la Administración, tienen la naturaleza jurídica de prestación patrimonial de carácter público no tributario. Consulta Vinculante V2414-22, de 22 de noviembre de 2022 de la Subdirección General de Impuestos sobre el Consumo

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IIVTNU. Efectos de la Sentencia 182/2021 del TC de 26 de octubre de 2021 en el caso de autoliquidaciones

La autoliquidación presentada el día 13 de octubre de 2021 y cuya rectificación no ha sido instada antes del 26 de octubre de 2021 (fecha en que se dictó la Sentencia) no debe ser anulada, puesto que, en aplicación de la propia Sentencia, se considera como una situación jurídica consolidada. Consulta General 0018-22, de 24 de octubre de 2022 de la Subdirección General de Tributos Locales

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ICIO. Métodos de comprobación del coste real y efectivo de la obra

Si el Ayuntamiento considera que los importes consignados en las facturas aportadas por el sujeto pasivo no constituyen el coste real y efectivo de la construcción, instalación u obra realizada, podrá utilizar cualquiera de los métodos de estimación directa, objetiva o indirecta para la determinación de la base imponible. Consulta Vinculante V2430-22, de 23 de noviembre de 2022 de la Subdirección General de Tributos Locales

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