Consulta de tributos

IIVTNU. Arrendamiento con opción de compra

El ejercicio de la opción de compra constituye una transmisión por lo que se produce el hecho imponible del impuesto (IIVTNU).

Consulta Vinculante V3322-20, de 6 de noviembre de 2020 de la SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas.

El supuesto de hecho es una transmisión de varios cotitulares de un inmueble con ocasión del ejercicio de la opción de compra otorgada al arrendatario del inmueble en cuestión.

La SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas concluye que la enajenación del inmueble cuando el arrendatario ejerza la opción de compra constituye un supuesto de transmisión de la propiedad a título oneroso, que da lugar a la realización del hecho imponible del IIVTNU.

Siendo los sujetos pasivos, a título de contribuyente, el consultante y el resto de copropietarios de la vivienda como transmitentes de la propiedad a título oneroso, cada uno en proporción a su porcentaje de participación en la propiedad del inmueble.

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