Consulta de tributos

EMBARGOS. ¿Se aplica los límites de embargabilidad a la indemnización por rescisión del contrato de trabajo?

La SG de Tributos considera que esta indemnización no se considera salario por lo que puede ser embargada sin aplicar los límites de embargabilidad.

Consulta Vinculante V3255-20, de 30 de octubre de 2020, SG de Tributos Locales.

La SG de Tributos  concluye que: “La indemnización por rescisión, no tiene la consideración de salario y, en consecuencia, no se beneficiará de los límites de embargabilidad recogidos en el artículo 607 de la LEC, mientras que se considerará salario, y por tanto sujeto a los límites de embargabilidad del artículo 607 de la LEC, la totalidad de las percepciones económicas que retribuyan el trabajo efectivo, o los periodos de descanso computables como trabajo”

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