Sentencias y Resoluciones

Resolución del Tribunal Económico Administrativo Central, Vocalía 7ª, de 19 de enero de 2017, nº 06295/2012/00/00.

IBI. Valoración de fincas sobreedificadas. Inclusión de lo edificado bajo rasante. - Siempre que así lo determine la ponencia de valores, en caso de parcelas sobreedificadas y construcción bajo rasante, el suelo se valorará por aplicación del valor de repercusión a los metros realmente construidos, aun cuando ello suponga valorar un exceso de edificación en relación con la edificabilidad.

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