Sentencias y Resoluciones

NOTIFICACIÓN ELECTRÓNICA. Rechazo de la notificación por no acceso a su contenido

¿Cómo se computa el plazo de diez días naturales para entender notificado el acto administrativo? ¿Se entiende notificado en el 10º día o en el 11º?

Auto del Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 1ª, de 18 de mayo de 2023 (Recurso nº 1735/2023). Ponente: Jose Manuel Bandres Sanchez-Cruzat.

La cuestión que presenta interés casacional objetivo para la formación de la jurisprudencia consiste en “determinar cómo debe computarse el plazo de diez días naturales previsto en el segundo párrafo del artículo 43.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y, en particular, determinar cuándo debe entenderse notificada una resolución administrativa cuya notificación ha sido rechazada por no haberse accedido a su contenido en el plazo fijado en el citado precepto”.

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