Sentencias y Resoluciones

IIVTNU. Recurso contencioso interpuesto un día después del dictamen de la STC 182/2021

La interposición del recurso contencioso, contra la resolución desestimatoria del recurso de reposición, el día 27 de octubre de 2021, es calificada por el TS como una situación consolidada y, por tanto, no impugnable con fundamento en la STC 182/2021.

Sentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 2ª, de 11 de marzo de 2024 (Recurso nº 435/2023). Ponente: Maria de la Esperanza Córdoba Castroverde.

La cuestión admitida por considerar que ostentaba interés casacional objetivo fue:

"[...] Determinar si las liquidaciones provisionales o definitivas en concepto del IIVTNU, practicadas y confirmadas en la vía administrativa previa a la judicial antes de dictarse y publicarse la STC 182/2021, de 26 de octubre, tienen o no la consideración de situaciones consolidadas que puedan estimarse susceptibles de ser revisadas con fundamento en la citada sentencia a través de la interposición del correspondiente recurso contencioso-administrativo ante los órganos de la jurisdicción contencioso-administrativa con fundamento exclusivo en la mencionada sentencia, aun en el caso de que la interposición del recurso judicial sea posterior al dictado de la sentencia constitucional, pero anterior a su publicación.”

El TS contesta a la cuestión indicando que, “en  aplicación de la STC 182/2021, de 26 de octubre, y de conformidad con la doctrina jurisprudencial que hemos fijado en las sentencias cit., debe prosperar el recurso de casación toda vez que contra la resolución desestimatoria del recurso de reposición formulado por la interesada no se interpuso recurso contencioso administrativo hasta el día 27 de octubre de 2021, por tanto, con posterioridad al día 26 de octubre de 2021, cuya impugnación se fundamentó, entre otras cuestiones, en la declaración de inconstitucionalidad en que se dictó la STC 182/2021. Dado, por tanto, que el recurso contencioso administrativo no se interpuso hasta el día 27 de octubre de 2021 -tal y como admite la parte recurrida-, con posterioridad a la fecha de 26 de octubre de 2021, la resolución de 7 de septiembre de 2021 que desestima el recurso de reposición debe ser calificada de situación consolidada y no impugnable con fundamento en la STC 182/2021, de 26 de octubre”.

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