Sentencias y Resoluciones

IIVTNU. Análisis de las causas de nulidad de actos firmes por vulneración del art. 14 de la CE

¿Cabe apreciar la causa de nulidad del artículo 217.1 a) LGT, por la diferencia de trato existente, según el sistema de gestión del impuesto?

Auto del Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 1ª, de 9 de febrero de 2022. Rec. 4366/2021. Ponente: María de la Esperanza Córdoba Castroverde.



Las cuestiones admitidas por el Tribunal Supremo son:

“1.-Determinar si la sentencia del Tribunal Constitucional 59/2017, de 11 de mayo, permite revisar en favor del contribuyente actos administrativos de liquidación del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos, correctores de la previa autoliquidación presentada, practicada en un supuesto en que no hubo incremento de valor probado, que han quedado firmes por haber sido consentidos antes de haberse dictado dicha sentencia.

2.-En caso de que diéramos a la pregunta anterior una respuesta afirmativa, habilitante de esa posibilidad de revisión de actos firmes por consentidos, dilucidar si cabría apreciar causa legal de nulidad radical o de pleno derecho conforme a lo previsto en el artículo 217, letra a), de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria , por considerarse que la diferencia de sistemas de gestión tributaria en relación con el Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana -de autoliquidación o de liquidación administrativa conlleva una diferencia de trato incompatible con el artículo 14 de la Constitución española y, de ser así, con qué limitación temporal.”

 

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