Sentencias y Resoluciones

CANON Y TARIFAS. Aprobación del Canon de regulación y la tarifa de utilización del agua después del 1 de enero del año al que afectan

El TS considera que es un supuesto de retroactividad prohibida en materia tributaria, aunque las nuevas tarifas resulten más beneficiosas para el contribuyente.

Sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo, sección 2ª, del Tribunal Supremo de 15 de noviembre de 2022 (Recurso nº 5470/2020). Ponente: Dimitry Teodoro Berberoff Ayuda

 

La cuestión planteada es la de los límites cronológicos para la aprobación del canon de regulación y de la tarifa de utilización del agua, en concreto, si cabe tal aprobación, una vez iniciado el periodo anual a que afectan o si, por el contrario, dicha posibilidad no existe porque se incurriría en un supuesto de retroactividad, proscrita por el artículo 9.3 de la Constitución, de suerte que la aprobación ha de efectuarse antes del primer día de tal año.

El matiz que se introduce es el de si la respuesta a dicho planteamiento debería ser la misma, para el caso de que la aprobación de tales cánones y tarifas fuera favorable al contribuyente, al ser inferiores a la del último ejercicio aprobado

El TS contesta a la cuestión planteada concluyendo que “la condición de más favorable no enerva el carácter rigurosamente retroactivo de las tarifas aprobadas para un año transcurrido y, por ende, prohibido por la ley, en los mismos términos en que se han producido los casos enjuiciados en los recursos de casación precedentes.

Esto es, el matiz que da lugar a la segunda pregunta es si cambian las cosas si la aprobación de estos cánones y tarifas fuera favorable al contribuyente al ser inferiores a la del último ejercicio aprobado. La respuesta ha de ser necesariamente negativa.”

Por los antecedentes del caso, el TS considera que es obvio que hay una retroactividad de grado máximo, prohibida por el ordenamiento jurídico, según nutrida jurisprudencia.

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