Sentencias y Resoluciones

Resolución del Tribunal Económico Administrativo Central, nº 00/03426/2017/00/00, de 25 de junio de 2019.

IAE. Grupo 661 "Comercio mixto o integrado en grandes superficies". Tarifas. Superficie. Ejercicio de actividades diversas. Predominio de venta de unos productos sobre otros.



El Tribunal Económico Administrativo Central, reitera el criterio fijado en  RG 00/05682/2016 (25-06-2019), en el sentido siguiente:

Como regla general, cada una de las actividades que realice el sujeto pasivo deberían encuadrarse en su epígrafe correspondiente. Sin embargo, esta regla general tiene excepciones, entre otras, para el grupo 661 "Comercio mixto o integrado en grandes superficies".

De acuerdo con las notas comunes de este grupo, el mismo faculta a los sujetos pasivos para realizar operaciones de comercio al por menor en sentido estricto, así como realizar comercio mayor, a prestar servicios y, en determinados casos, a realizar alguna actividad industrial.

El régimen de tributación para el comercio en grandes superficies se caracteriza por:

· La indiscutible heterogeneidad de los distintos tipos de comercio realizados o de los servicios prestados, pero comercializados o prestados de manera integrada.

· La idea de unidad de local, y en base a ella, el cálculo de la cuota correspondiente al grupo 661 de las tarifas toma en consideración, exclusivamente, un único elemento tributario, superficie del establecimiento, prescindiendo de si en dicha superficie se realizan operaciones de comercio, se prestan servicios, se ejerce alguna actividad industrial, e incluso, de si se destina a oficinas, aparcamientos cubiertos, etc.

Este diseño pretende evitar la exigencia atomizada del impuesto que supondría clasificar cada una de las actividades realizadas en una rúbrica distinta.
Debe señalarse que el predominio de venta de unos productos respecto de la venta de otros es una circunstancia ajena a la configuración del grupo 661, de suerte que aun en el caso de que se diera tal predominio, ello no justifica la segregación de las actividades en función de los distintos tipos de productos y artículos que se venden.

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