Normas y proyectos

Real Decreto 668/2015, de 17 de julio, por el que se modifica el Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos

Real Decreto 668/2015, de 17 de julio, por el que se modifica el Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos


El Real Decreto introduce dos modificaciones. La primera amplía el ámbito del registro electrónico de apoderamientos y, la segunda, introduce los certificados electrónicos de empleado público con seudónimo, que consistirá en su número identificador profesional u otro indicador proporcionado por las Administraciones públicas correspondientes en las comunicaciones que afecten a información clasificada, a la seguridad pública o a la defensa nacional o a otras actuaciones en las que esté legalmente justificado el anonimato para su realización.
El alcance de la modificación es el siguiente:


  • Se amplía el ámbito del Registro Electrónico de Apoderamientos para que el ciudadano pueda utilizarlo en cualquier actuación ante la Administración del Estado, no sólo electrónica, sino también presencial.

  • Se introduce el uso de certificado electrónico de los empleados públicos, con seudónimo, lo que garantiza su anonimato y protege su identidad en las operaciones por medios electrónicos que afecten a información clasificada, a la seguridad pública o a la defensa nacional, pero con plena garantía de conocimiento de su identidad real en el caso de ser requerida por los órganos judiciales en el ejercicio de sus funciones.

  • Se establecen los supuestos en los que se podrán realizar las comprobaciones de la verdadera identidad del firmante, requiriendo a las Oficinas de registro y archivos donde se encuentren tales identidades.

  • Finalmente, se establece un plazo de doce meses desde la entrada en vigor para la adaptación de los sistemas tecnológicos existentes.


 
 
 
 
 

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *