Normas y proyectos

PLAZOS. Consecuencias de la interrupción del suministro eléctrico en los términos y plazos administrativos

Las Administraciones públicas pueden ampliar los plazos administrativos afectados por el corte de electricidad, en todo el territorio nacional, del pasado 28 de abril de 2025 hasta el día 6 de mayo, mediante la publicación del acuerdo de ampliación en Sede electrónica, ante la existencia de una incidencia técnica que ha imposibilitado el funcionamiento ordinario de las aplicaciones informáticas.

Orden PJC/414/2025, de 30 de abril, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 30 de abril de 2025, por el que se determina la aplicación de la ampliación de términos y plazos administrativos como consecuencia de la interrupción generalizada del suministro eléctrico acaecida el 28 de abril de 2025.

La Orden acuerda la posibilidad de ampliación de los términos y plazos administrativos afectados por la interrupción del suministro eléctrico sufrido el pasado día 28 de abril de 2025, hasta el día 6 de mayo, en los siguientes términos:

“Determinar que la ampliación de los términos y plazos administrativos podrá extenderse, en los casos en que se hayan visto afectados por la interrupción generalizada del suministro eléctrico producida el 28 de abril de 2025, hasta las 0.00 horas del día 6 de mayo de 2025, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 32.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Lo dispuesto en el apartado primero se aplicará a todo el sector público definido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre.”

Las Entidades locales forman parte del sector público (artículo 2 de la Ley 39/2015), por tanto, la Orden establece posibilidad de que las Entidades Locales amplíen los plazos y términos administrativos, pudiendo acordar su extensión, publicando la medida adoptada en la Sede electrónica de la entidad, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 32.4 de la Ley 39/2015, que indica:

4. Cuando una incidencia técnica haya imposibilitado el funcionamiento ordinario del sistema o aplicación que corresponda, y hasta que se solucione el problema, la Administración podrá determinar una ampliación de los plazos no vencidos, debiendo publicar en la sede electrónica tanto la incidencia técnica acontecida como la ampliación concreta del plazo no vencido”.

Otras Administraciones e Instituciones, ya han adoptado acuerdos de ampliación o han recomendado su ampliación:

AEAT

La AEAT ya habían adoptado esta medida de ampliación de los plazos incluso antes de la publicación en el BOE de esta Orden, declarando ampliados hasta el miércoles 30 de abril de 2025 los plazos con vencimiento en los días 28 o 29 de abril para la:

a. “Presentación de declaraciones-liquidaciones, así como de comunicaciones u otras obligaciones de carácter formal.
b. Presentación de alegaciones y presentación de pruebas en procedimientos de aplicación de los tributos y aduaneros, así como para atender requerimientos.
c. Realización de pagos.
d. Interposición de recursos de reposición”.

ACCEDE AL ACUERDO DE LA AEAT

 
Consejo General del Poder Judicial

Por su parte, la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial ha declarado que, de acuerdo con el artículo 135.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, cuando la presentación de escritos perentorios no sea posible por interrupciones no planificadas del servicio de comunicaciones telemáticas o electrónicas, el remitente podrá proceder a su presentación el primer día hábil siguiente.

ACCEDE A LA DECLARACIÓN

 
Tribunal Constitucional

También el Tribunal Constitucional ha acordado que no se computarán los días 28 y 29 de abril de 2025 a efectos procesales y administrativos ante el Tribunal Constitucional, por acuerdo de 30 de abril de 2025, del Pleno del Tribunal Constitucional.

ACCEDE AL ACUERDO

 
Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado

Finalmente, la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado ha publicado una recomendación sobre ampliación de plazos en la tramitación de los contratos públicos como consecuencia del apagón eléctrico del 28 de abril de 2025 en España.

Si bien la nota indica que no tiene carácter vinculante para los órganos de contratación, no obstante, les recomienda que admitan hasta las 23:59 horas del día 5 de mayo de 2025 la realización de aquellos trámites cuyo plazo venciera los días 28 y 29 de abril de 2025, previa adopción por el órgano de contratación y publicación en el perfil del contratante de los acuerdos oportunos, y ejecución de las acciones operativas necesarias para que las herramientas de licitación electrónica permitan la realización de dichos trámites hasta esa fecha.

ACCEDE A LA RECOMENDACIÓN

 

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