Normas y proyectos

FRACCIONAMIENTO. El Estado dispensa de garantía el fraccionamiento de deudas inferiores a 50.000 euros

Este límite exento se aplicará a las deudas gestionadas por la AEAT y demás órganos de la Administración General del Estado como instrumento para facilitar el pago de las obligaciones de derecho público y agilizar su tramitación mediante su gestión automatizada.

Orden HFP/311/2023, de 28 de marzo, por la que se eleva el límite exento de la obligación de aportar garantía en las solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento a 50.000 euros.

A partir del día 15 de abril de 2023 se eleva a 50.000 euros el límite exento o dispensado de garantías, con esta medida la AEAT pretende otorgar facilidades de pago al obligado tributario para el cumplimiento de sus obligaciones de derecho público ante sus dificultades económico financieras de carácter transitorio, agilizando la tramitación de estas solicitudes de fraccionamiento mediante el impulso de su gestión automatizada.

Este límite exento de garantía se aplicará a las solicitudes de aplazamiento y fraccionamiento de pago de las deudas derivadas de derechos de naturaleza pública de la Hacienda Pública Estatal gestionados por la Agencia Estatal de Administración Tributaria y demás órganos de la Administración General del Estado y sus organismos autónomos con algunas excepciones en materia aduanera y concursal

A efectos de la determinación del importe de deuda señalado, se acumularán, en el momento de la solicitud, tanto las deudas a las que se refiere la propia solicitud, como cualesquiera otras del mismo deudor para las que se haya solicitado y no resuelto el aplazamiento o fraccionamiento, así como el importe de los vencimientos pendientes de ingreso de las deudas aplazadas o fraccionadas, salvo que estén debidamente garantizadas.

Junto a la Orden HFP/311/2023, de 28 de marzo (BOE 31-03-2023) se han dictado dos Instrucciones:

Según la página web de la AEAT, ambas instrucciones, con entrada en vigor el día 15 de abril de 2023, van a permitir dar una mayor flexibilización en el pago de deudas a través de la figura de los aplazamientos y fraccionamientos de pago a aquellos ciudadanos que así lo necesiten, así como en la constitución de garantías. Entre otras medidas, cabe destacar las siguientes:

  • Aumento de los plazos de concesión. La instrucción amplía los plazos máximos de pago para las solicitudes de tramitación automatizada, dispensadas de aportar garantías. Para personas físicas los plazos máximos se elevan de 12 a 24 meses, y para personas jurídicas pasan de 6 a 12 meses.

  • Tramitación de forma automatizada en los aplazamientos hasta 50.000 euros, cuya tramitación y concesión podrán ser realizadas en cuestión de segundos.

  • Amplio abanico de posibilidades para constituir garantías en los aplazamientos o fraccionamientos superiores a 50.000 euros que precisen la constitución de garantías.

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