Sentencias y Resoluciones

CADUCIDAD. No puede alegarse ex novo la cuestión de la caducidad del procedimiento.

El Tribunal Supremo inadmite un recurso de casación por entender que no cabe alegar la caducidad del procedimiento cuando dicha caducidad no ha sido alegada en la demanda contencioso administrativa.

Auto del Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 1ª, de 2 de octubre de 2020. Rec. 361/2020. Ponente: Angel Ramón Arozamena Laso.



El Tribunal Supremo considera que: “la denuncia de la infracción de los artículos reguladores de la caducidad del procedimiento de la LDC no se había suscitado previamente en la demanda contencioso-administrativa.

Dicha ausencia de alegación determina que la sentencia que ahora se recurre en casación no contenga apreciación alguna al respecto, lo que permitiría calificar la denuncia de esta infracción en esta sede como una cuestión nueva.

 Y es que, en efecto, desde el momento en que el recurso de casación tiene por objeto determinar si el Tribunal a quo vulneró las normas o la jurisprudencia cuya infracción se denuncia, resulta imposible que tal (pretendida) infracción se produzca en relación con una cuestión que ni siquiera fue considerada en el pleito.”

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *