Sentencias y Resoluciones

Auto del Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 1ª, de 16 de enero de 2019. Rec. 6950/2018. Ponente: José Antonio Montero Fernández.

IBI. Consecuencias de la declaración de nulidad de los valores catastrales en vía económico administrativa o en vía judicial ¿conlleva directamente la nulidad de las liquidaciones o es necesario que Catastro modifique los valores catastrales, regularizando el IBI con efectos retroactivos?

La cuestión que presenta interés casacional objetivo para la formación de la jurisprudencia consiste en: a) Determinar cuál es el alcance de la declaración de nulidad (ya sea total o parcial) de los valores catastrales en vía económico-administrativa o en vía judicial: si dicha nulidad conlleva también la nulidad de las liquidaciones del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, emitidas con posterioridad y basadas en aquellos valores catastrales o si, por el contrario, atendiendo al carácter bifásico del citado impuesto, dichas liquidaciones son válidas, en tanto que el Catastro no proceda a rectificar o modificar los valores catastrales, pudiendo ser giradas, incluso, con efectos retroactivos.