Sentencias y Resoluciones

DECLARACION DE RESPONSABILIDAD. Derivación o declaración de responsabilidad en los supuestos del artículo 42.2.a) de la LGT

En caso de adquisición de bienes y derechos del deudor principal para imposibilitar el cobro por la Administración tributaria ¿Es responsable la entidad administradora y socia única de la sociedad adquirente o por el contrario hay que declarar responsable a esta última?

Auto del Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso, Sección 1ª, de 12 de noviembre de 2025 (Recurso nº 7744/2024). Ponente: Rafael Toledano Cantero.

La cuestión que presenta interés casacional objetivo para la formación de la jurisprudencia consiste en:

“Determinar si el artículo 42.2.a) de la LGT permite derivar directamente la responsabilidad a una entidad por el hecho de ser administradora y socia única de la sociedad que adquiere unos bienes o derechos del deudor principal e imposibilita hacer efectivo el cobro por la Administración tributaria o, si, por el contrario, este supuesto legal únicamente permite declarar responsable al sujeto adquirente que intervino en la transmisión que se consideró realizada en perjuicio de la acción de cobro de la Administración”.