Sentencias y Resoluciones

Sentencia del Pleno del Tribunal Constitucional de 3 de marzo de 2016, recurso de inconstitucionalidad número 1792-2014.

El Pleno del Tribunal Constitucional ha declarado la inconstitucionalidad y en consecuencia la nulidad de parte del articulado de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local (en la redacción dada por la Ley 27/2013 de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local), por entender que invaden las competencias de las Comunidades Autónomas.


El Tribunal Constitucional estima parcialmente el recurso de inconstitucionalidad planteado por la Asamblea de Extremadura y en consecuencia declara inconstitucionales y nulos el art. 57 bis de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local (en la redacción dada por el art. 1.17 de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local) y las disposiciones adicional 11ª y transitorias 1ª, 2ª y 3ª, así como los incisos ―Decreto del órgano de gobierno de”y ―el Órgano de Gobierno de”, incluidos, respectivamente, en las disposiciones transitorias 4ª.3 y 11ª, párrafo tercero, todos de la Ley 27/2013.


La Sentencia declara inconstitucional, por vulnerar las competencias de las Comunidades Autónomas, la posibilidad de suprimir las entidades locales menores ya constituidas que no entreguen sus cuentas a la Comunidad y al Estado.


En relación a los servicios relativos a la salud y a los servicios locales, se considera que el Estado se he extralimitado más allá de lo básico de la norma.


También es inconstitucional, por invadir las competencias de las CCAA, la prohibición de atribuir a las entidades locales la prestación de servicios de asistencia social y atención primaria sanitaria.


En materia de educación, la Sentencia del Tribunal Constitucional apunta que la norma impone a las CCAA “obligaciones de signo opuesto” porque por una parte le obliga a centralizar y por otra le impone la obligación de descentralizar esta cuestión.


Finalmente, la Sentencia analiza el sistema de compensación financiera por la cual, se permite al Estado aplicar retenciones a las CCAA por incumplimiento en los pagos a realizar a las Entidades Locales.


Entiende el Tribunal Constitucional que el precepto debe declararse nulo puesto que es una materia reservada a Ley Orgánica, al incidir directamente en las relaciones financieras del Estado con las CCAA.


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