Sentencias y Resoluciones

Resolución del Tribunal Económico Administrativo Central, nº 01258/2018/00/00, Vocalía Duodécima, de 28 de junio de 2018.

PROCEDIMIENTO DE RECAUDACIÓN. Cuando se desista de una solicitud de aplazamiento formulada en período voluntario de pago y el desistimiento expreso no vaya acompañado del ingreso total de la deuda, los efectos suspensivos reconocidos en el artículo 161.2 de la LGT no se producirán, lo que determina que el período ejecutivo de ingreso de la deuda se haya iniciado a la finalización del período voluntario de pago.

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