Sentencias y Resoluciones

Resolución del Tribunal Económico Administrativo Central, nº 00/05315/2018/00/00, de 21 de mayo de 2019

LGT. Procedimiento de inspección. Plazo para ejecutar resoluciones parcialmente estimatorias por razones de fondo o sustantivas. Aplicación del plazo de 6 meses del artículo 150.7 LGT.



El Tribunal Económico Administrativo Central, unifica criterio, en el sentido siguiente:

Tras la reforma operada por la Ley 34/2015, de 21 de septiembre, el artículo 150.7 de la LGT se aplica tanto al supuesto de ejecución de resoluciones de los órganos económico-administrativos que han apreciado defectos formales y ordenado la retroacción de las actuaciones inspectoras como al supuesto de ejecución de resoluciones de los órganos económico-administrativos que han estimado en parte la reclamación contra el acto que pone fin al procedimiento de inspección por razones sustantivas o de fondo, resultando de plena aplicación, por tanto, a la nueva regulación dada por la Ley 34/2015 la doctrina sentada por el Tribunal Supremo respecto de la redacción original del artículo 150.5 de la LGT.


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