Normas y proyectos

Resolución de 21 de enero de 2020, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se aprueban las directrices generales del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2020.

La AEAT incidirá en la asistencia por medios electrónicos, la utilización de nuevas tecnologías como BIG DATA para poner en marcha un sistema de avisos que potencie el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias, el impulso de la colaboración con otras Administraciones como por ejemplo, a través del Punto Neutro y en definitiva, la adopción de medidas tendentes a aflorar el fraude y al cumplimiento de las obligaciones tributarias.Resulta de especial interés del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2020 los siguientes aspectos:

-Creación de las denominadas «Administraciones de asistencia Digital Integral» (ADIs), como plataformas dirigidas a prestar servicios de información y asistencia por medios electrónicos, mediante la utilización de canales de comunicación virtuales (Asistente Virtual en IVA - AVIVA, Asistente Censal, correo electrónico, llamada saliente especializada...)

-Diseño y desarrollo del denominado «Asistente censal», como herramienta de ayuda para la formalización y presentación de la declaración censal, con incorporación de información necesaria para el correcto cumplimiento de las obligaciones tributarias que en su caso se podrían derivar, con un primer bloque dirigido a personas físicas que actualmente deben presentar el modelo 037, cuyo inicio está previsto para el primer trimestre de 2020, y desarrollo del resto de los bloques de los modelos censales a lo largo del año, ofreciendo información adicional sobre la situación tributaria y obligaciones que conlleva el ejercicio de las actividades económicas a realizar.

- Consolidación de la aplicación móvil «Agencia Tributaria» que ofrece servicios personalizados a los contribuyentes, como canal de relación con los mismos para el conocimiento y cumplimiento de sus obligaciones fiscales.

-Se potenciarán los avisos en el documento de datos fiscales del IRPF de todas aquellas fuentes de renta tanto internas como internacionales de que se tenga conocimiento con el fin de impulsar el cumplimiento voluntario.

 - En 2020, por ejemplo, se insistirá en el empleo de cartas informativas individuales, que aportan información a partir de una serie de indicadores de riesgo que ofrecen dudas a los órganos de control de la Agencia, comunicando incluso los datos que justifican dichas dudas, junto con información de qué otras acciones están previstas para atajar los riesgos mencionados. Este tipo de comunicaciones, que son habituales en países de nuestro entorno, permiten fomentar el cumplimiento por medio del traslado a los obligados tributarios de informaciones sobre su situación fiscal en relación con la de su entorno sectorial.

- Con el apoyo de las nuevas tecnologías se está procediendo de forma paulatina a una mejora de los sistemas de análisis de la información que permiten la ejecución de procesos de contraste de datos, utilizando tecnología BIG DATA, los cuales facilitan la detección temprana de conductas graves de defraudación, tales como las presuntas cantidades dejadas de ingresar y la presencia de economía sumergida, en la que el IVA tiene una especial relevancia.

- Cooperación con otras Administraciones Públicas: Está prevista la puesta en marcha de un mecanismo de cooperación con otras Administraciones Públicas denominado Punto Neutro. Este mecanismo permitirá cruzar los pagos de las Administraciones Públicas con las diligencias de embargo que ellas mismas pudieran dictar contra aquellos contribuyentes que fueran simultáneamente acreedores de dichos pagos y deudores de cualquiera de aquéllas previsto en la disposición adicional cuarta de la Ley 25/2013, de 27 diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público. A tal efecto está pendiente de aprobación el Real Decreto que desarrolle dicha disposición adicional y el inicio de su funcionamiento. Una vez aprobada la norma, se incorporarán a este sistema un gran número de Administraciones Públicas, teniendo las restantes un plazo de 3 años para adherirse desde la entrada en vigor del Real Decreto que apruebe este mecanismo.

 

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