Sentencias y Resoluciones

RECARGOS POR DECLARACIÓN EXTEMPORÁNEA. Análisis del requisito de la espontaneidad.

El TEAC considera la procedencia de los recargos de extemporaneidad al considerar como espontánea la presentación de la autoliquidación fuera de plazo al entender que no se ha realizado como consecuencia directa de las actuaciones inspectoras previas relativas a periodos anteriores.

Resolución del Tribunal Económico Administrativo Central nº 00/03945/2018/00/00 de 27 de octubre de 2020.

El criterio adoptado por el TEAC es el siguiente:

La autoliquidación extemporánea presentada por el reclamante sí tuvo el carácter de espontánea pues no puede considerarse consecuencia directa e inmediata de la liquidación practicada por un periodo previo, es decir, no es una consecuencia directa de la comprobación relativa a periodos anteriores y, por ello, procede la aplicación del recargo por declaración extemporánea.”

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