Sentencias y Resoluciones

PROCEDIMIENTO SANCIONADOR. Plazo de incoación de los procedimientos sancionadores que no se deriven de un procedimiento de verificación, de comprobación o inspector

¿Cuál es el plazo para su inicio en caso de incumplimiento del deber de presentar en plazo la correspondiente declaración tributaria?

Auto del Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 1ª, de 15 de septiembre de 2021. Rec. 211/2021. Ponente: María de la Esperanza Córdoba Castroverde

La cuestión que presenta interés casacional objetivo para la formación de la jurisprudencia consiste en:

“Determinar si el plazo de tres meses previsto en el artículo 209.2 LGT para el inicio de un procedimiento sancionador, derivado de la comisión de una infracción tributaria, resulta de aplicación, únicamente, a los supuestos de incoación de procedimientos sancionadores que traigan causa de un procedimiento previo, iniciado mediante declaración o de un procedimiento de verificación de datos, comprobación o inspección o, por el contrario, resulta también de aplicación en caso de incumplimiento de un deber formal de presentación en plazo de una declaración tributaria”.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *