Sentencias y Resoluciones

LISTA DE MOROSOS. Límites a la publicidad de la inclusión en la lista

El Tribunal Supremo deberá pronunciarse sobre los límites en materia de protección de datos y los requisitos formales para ser incluidos en dicha lista.

Auto del Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 1ª, de 30 de septiembre de 2021. Rec. 7918/2020. Ponente: María de la Esperanza Córdoba Castroverde



La cuestión que presenta interés casacional objetivo para la formación de la jurisprudencia consiste en:

  1. "Discernir la adecuación al derecho al honor, a la intimidad y a la protección de datos de carácter personal, que ampara el artículo 18 de la Constitución Española , de la publicidad que contempla el artículo 95 bis LGT .

  2. Determinar si las deudas derivadas de liquidaciones vinculadas a delito cumplen o no los requisitos del artículo 95 bis.3 LGT para que proceda la inclusión del deudor en el correspondiente listado de morosos, al limitar el citado precepto la referida publicidad exclusivamente a los tributos de titularidad estatal para los que la aplicación de los tributos, el ejercicio de la potestad sancionadora y las facultades de revisión estén atribuidas en exclusiva a los órganos de la Administración Tributaria del Estado."

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