Sentencias y Resoluciones

IAE. ¿Cuándo puede calificarse la actividad como industrial?

Pueden calificarse como "actividad industrial" las actividades de prestaciones relacionadas con productos que revistan tal carácter industrial.

Resolución del Tribunal Económico Administrativo Central, nº 00/02729/2019/00/00 de 16 de diciembre de 2021.

 

El criterio no vinculante del TEAC es:

"El carácter de "actividad industrial" no puede predicarse exclusivamente de las actividades de fabricación, sino que también deben reputarse industriales las prestaciones de servicios relacionadas con productos que revistan carácter industrial.

La actividad de bombeo de aguas residuales no tiene carácter industrial a efectos del artículo 98.1.f) de la Ley de Impuestos Especiales en la medida en que la actividad se encuentra clasificada en la División 9 de las Tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas.

Criterio aún no reiterado que no constituye doctrina vinculante a los efectos del artículo 239 LGT".

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