Sentencias y Resoluciones

DEUDAS ENTRE ADMINISTRACIONES PÚBLICAS. Procedimiento de apremio y compensación de oficio.

El Tribunal Supremo admite las siguientes cuestiones: ¿Procede dictar providencia de apremio contra un Ayuntamiento para después proceder a compensar de oficio? En caso afirmativo, cabe incluir los recargos del periodo ejecutivo en el acuerdo de compensación?

Auto del Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 1ª, de 22 de octubre de 2020. Rec 782/2020. Ponente: Dimitry Teodoro Berberoff Ayuda.

La cuestión que presenta interés casacional objetivo para la formación de la jurisprudencia consiste en:

"Primero. Determinar si procede dictar providencia de apremio contra un Ayuntamiento para después proceder a la compensación de oficio.

Segundo. En el caso de que la respuesta a la anterior pregunta sea afirmativa, determinar si procede incluir los recargos del período ejecutivo en el acuerdo de compensación que se dicte posteriormente."

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