Sentencias y Resoluciones

Auto del Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 1ª, de 12 de diciembre de 2019. Rec. 4291/2019. Ponente: Francisco José Navarro Sanchís.

ICIO. ¿Puede atribuirse la condición de sustituto del contribuyente a un tercero, cuando el dueño de la obra y sujeto pasivo, fue quien solicitó la licencia? si un tercero se encarga de la ejecución de la obra con posterioridad a la solicitud de la licencia, ¿puede ocupar la posición jurídica de sustituto del contribuyente?El Tribunal Supremo considera que la cuestión que presentan interés casacional objetivo para la formación de la jurisprudencia consiste en:

“a) Determinar si la figura del sustituto del contribuyente, prevista en el artículo 101.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004 ["TRLRHL"] puede ser atribuida a un tercero, cuando el dueño de la obra y sujeto pasivo, a título de contribuyente, fue quien solicitó la licencia de obras.

b) En caso de que se diera respuesta afirmativa a la anterior pregunta, determinar si un tercero a quien se le encarga la ejecución de las obras con posterioridad a la solicitud de la licencia puede incurrir en algún presupuesto legal que le haga ocuparla posición del sustituto del contribuyente, conforme al expresado precepto.”

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