Sentencias y Resoluciones

APREMIO. Solicitudes reiteradas de aplazamiento en periodo voluntario antes de la reforma del artículo 161.2 de la LGT

El TEAC cambia de criterio para adaptarlo a la jurisprudencia del TS. Considera que no procede dictar providencia de apremio hasta que se resuelva la segunda solicitud de aplazamiento realizada antes de que concluyera el plazo de pago concedido tras la denegación de la primera solicitud.

Resolución del Tribunal Económico Administrativo Central, nº 00/04766/2019/00/00 de 17 de febrero de 2022.



El TEAC cambia de criterio para adaptarlo a la doctrina jurisprudencial del TS (Sentencia TS de 28.10.2021 Rec. Casación 4743/2020).

“No procede dictar la providencia de apremio dictada con fecha anterior a la notificación del archivo por el TEAR de la solicitud de suspensión; y no constando en el expediente la resolución de la segunda solicitud de aplazamiento cursada dentro del plazo del artículo 62.2 LGT concedido para el pago tras la primera denegación.”

Procede aplicar la doctrina de la Sentencia del Tribunal Supremo de fecha 28/10/2021 respecto a las consecuencias de dictar providencia de apremio sin resolver las reiteraciones de solicitudes de aplazamiento dentro del plazo de pago concedido tras la primera denegación antes de la reforma del artículo 161.2 de la LGT por Ley 11/2021.

Se cambia el criterio manifestado en las resoluciones de 31/01/2018 (RG 2834/2016), 25/02/2016 (RG 5419/2013), 28/02/2018 (RG 7001/2016) y 28/02/2018 (RG 7013/2017), las dos últimas dictadas en unificación de criterio.

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