Sentencias y Resoluciones

PPCPNT. Cuestiones procesales en materia de aprobación o modificación de las Ordenanzas reguladoras de las prestaciones patrimoniales de carácter público no tributarias

¿Resulta preceptivo la incorporación al expediente de un informe técnico económico como en el caso de las Tasas (art 25 del TRLRHL)? En su caso, ¿resulta de aplicación la exigencia de la Memoria económica del art. 5 de la Ley 2/2015, de 30 de marzo, de desindexación de la economía española, y art. 12 del Real Decreto 55/2017, de 3 de febrero de 2017? ¿Existe reserva funcionarial?

Auto del Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 1ª, de 6 de mayo de 2026 (Recurso nº 3340/2025). Ponente: Sandra María González de Lara Mingo

 

Las cuestiones que presentan interés casacional objetivo para la formación de la jurisprudencia consisten en:

2.1 Determinar si en los supuestos de aprobación o modificación de una ordenanza reguladora de la prestación patrimonial de carácter público no tributario del art. 20.6 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales resultan preceptivos, además de los trámites del mencionado artículo y de los exigidos en el artículo 49 de la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local y en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la incorporación al expediente del informe técnico-económico previsto en el art. 25 del TRLRHL para el establecimiento de tasas.

2.2 Aclarar si en los supuestos de aprobación de una Ordenanza reguladora de la prestación patrimonial de carácter público no tributario del art. 20.6 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales resulta de aplicación la exigencia de la Memoria económica del art. 5 de la Ley 2/2015, de 30 de marzo, de desindexación de la economía española, y art. 12 del Real Decreto 55/2017, de 3 de febrero de 2017.

2.3. En caso de que la respuesta a alguna de las anteriores preguntas fuera que sí se reputa preceptiva la evacuación de dicho instrumento técnico-económico, precisar si su emisión se encuentra sujeta a reserva funcional a favor de los funcionarios públicos de la entidad local matriz, o si, por el contrario, resulta ajustado a derecho que sea emitido por el personal técnico de la propia sociedad mercantil de capital público prestataria del servicio.