Sentencias y Resoluciones

IIVTNU. Impacto en el Impuesto en caso de ausencia de instrumentos posteriores de desarrollo o ejecución del planeamiento general

¿Qué debe entenderse por "determinaciones de ordenación detallada o pormenorizada" para considerar el suelo como urbano? ¿Qué impacto tiene en la naturaleza del suelo y, por tanto, en la producción del hecho imponible del impuesto?

Auto del Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 1ª, de 26 de febrero de 2026 (Recurso nº 1550/2025). Ponente: Sandra María González de Lara Mingo

La cuestión que presenta interés casacional objetivo para la formación de la jurisprudencia consiste en:

“Determinar cómo debe interpretarse el artículo 7.2.b) del TRLCI, en relación con terrenos que figuran catastralmente como urbanos y están clasificados como urbanizables cuando existe planeamiento general aprobado, a fin de precisar qué debe entenderse por "determinaciones de ordenación detallada o pormenorizada" y si la ausencia de instrumentos posteriores de desarrollo o ejecución es jurídicamente relevante para negar la naturaleza urbana a efectos catastrales, a la luz de la evolución jurisprudencia posterior a la sentencia de 30 de mayo de 2014 (rec. 2362/2013) y, en particular, de las sentencias de 29 de junio (rec. 3420/2020) y 12 de diciembre de 2022 (rec. 6827/2020)”.