Sentencias y Resoluciones

Resolución del Tribunal Económico Administrativo Central, nº 06048/2017/00/00. Vocalía Tercera, de 24 de abril de 2018.

DOMICILIACIÓN DE PAGOS. La cuestión controvertida consiste, por tanto, en determinar si la modificación de la cuenta de domiciliación de pagos puede hacerse únicamente por los medios y en la forma que se establecen en el artículo 4.4 de la Orden EHA/1658/2009, siendo necesaria la aceptación expresa de la Administración para que surta efectos, como sostiene la Directora recurrente o si, como se desprende de la resolución del TEAR,  dicha modificación puede hacerse por fax o por escrito, bastando la aceptación tácita. Las solicitudes que no cumplan los requisitos y condiciones del artículo 4.4 no surtirán efectos ante la Agencia Tributaria, de forma tal que cuando la solicitud se hace fuera de los dos cauces previstos no puede producirse ningún rechazo expreso, , no cabiendo tampoco la aceptación tácita.



ACCEDE A LA RESOLUCIÓN

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *