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INSPECCIÓN. Aprobadas las directrices generales del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2023

La AEAT fomentará el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias, así como la educación cívico-tributaria como mecanismos preventivos del fraude fiscal. Igualmente se centrará en la detección de estructuras elusivas o para obtener una baja fiscalidad y utilizará nuevas tecnologías para obtener nuevas fuentes de información para la explotación de datos.

Resolución de 6 de febrero de 2023, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se aprueban las directrices generales del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2023.

Destacamos las principales directrices generales del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2023 de la Agencia Tributaria:

  • Fomento de la educación cívico-tributaria. La Agencia Tributaria considera que uno de los puntos de partida en la lucha contra el fraude ha de ser la educación cívico-tributaria, en el convencimiento de que puede servir para incidir en el comportamiento tributario de los futuros contribuyentes. Por ello, se pretende avanzar en el desarrollo de acciones en el ámbito educativo que fomenten un mejor entendimiento de la necesidad de que toda la sociedad contribuya al sostenimiento del bien común.

  • Sistema de visita virtual: Las sucesivas mejoras en las aplicaciones informáticas han permitido, por un lado, mejorar la forma de relacionarse con el contribuyente, así por ejemplo, el sistema de Visita Virtual (VIVI) permite interactuar a los obligados tributarios y a sus representantes o asesores con la Inspección sin necesidad del desplazamiento físico a la sede del órgano inspector para la firma de diligencias de constancia de hechos y actas que resultan de los propios procedimientos de Inspección, utilizando, por tanto, las técnicas digitales a las que alude el artículo 99.9 en relación con el 151.1.e), ambos de la Ley General Tributaria.

  • Estructuras replicadas para obtener una baja fiscalidad: La AEAT mantendrá el foco en la identificación de estructuras y pautas de comportamiento que se beneficien indebidamente de la baja fiscalidad de determinados territorios, regímenes fiscales o estructuras, y que sean o puedan ser replicadas o estandarizadas para el uso por parte de una pluralidad de contribuyentes. Asimismo, se atenderá a la simulación de la residencia fiscal de algunos contribuyentes por la diferente tributación existente en una Comunidad Autónoma distinta de la real, con la intención de aprovecharse indebidamente de una inferior tributación.

  • Búsqueda de nuevas fuentes de información para la explotación de datos: Se avanzará en la búsqueda y uso de nuevas fuentes de información que puedan ser objeto de explotación masiva mediante las nuevas técnicas de gestión de datos y la optimización y depuración del uso de las ya existentes.

  • Control del régimen fiscal especial de las entidades sin fines lucrativos: La AEAT anuncia la intensificación de las actuaciones de control tendentes a comprobar el adecuado cumplimiento de los requisitos específicos previstos para la correcta aplicación del régimen fiscal especial de las entidades sin fines lucrativos, en particular cuando desarrollen actividades económicas. Se prestará especial atención a la investigación de bienes que aparecen ocultos en cuanto a su titularidad real dentro de la información relacionada con las actividades propias de las fundaciones. En este marco, se prestará especial atención a la información que pueda ser remitida por las entidades públicas que ejerzan funciones de protectorado sobre las citadas entidades.

  • Información censal mediante peinados fiscales (inspección a pie de calle): Se continuará con los denominados peinados fiscales para la obtención de información, la comprobación de la fiabilidad y calidad de la información censal, actualizándola si es preciso, y la detección de comportamientos irregulares en materia de facturación. Si bien se enfocará especialmente al sector de la construcción inmobiliaria, especialmente en lo que se refiere a la rehabilitación y reformas, sin embargo, cuando los riesgos detectados sean relevantes, se continuarán con procedimientos completos de comprobación sectorial.

  • Actuaciones de análisis de la información: Se prestará especial atención en la selección de contribuyentes a los casos en los que los indicios de incumplimiento se presenten con una mayor claridad, por lo que la función de información al contribuyente debe complementarse con un adecuado análisis y, en su caso, selección e inmediata inspección de aquellos contribuyentes cuyas ratios sean anormalmente bajos. En el año 2022, se emitieron una serie de cartas aviso dirigidas a contribuyentes que mantenían en el tiempo riesgos de incumplimiento fiscal y por ello en 2023 se abrirá una nueva fase de análisis de la información en la que se comprobará la reacción del contribuyente ante la recepción de la carta de aviso, analizándose, ya no sólo el comportamiento del contribuyente en los ejercicios a los que se refiere esta carta, sino también con posterioridad a esos ejercicios y, ya no sólo el comportamiento de los contribuyentes que recibieron la carta, sino el de su entorno familiar y/o profesional.

  • Coordinación de la inspección con recaudación: Se intensificará la colaboración entre las áreas de Inspección y de Recaudación mediante la aplicación del Programa de Seguimiento de Actuaciones Coordinadas.

  • Control del fraude en fase recaudatoria: Se potenciará, especialmente, la utilización de las herramientas avanzadas de tratamiento y análisis de datos para detectar de una forma ágil y eficiente patrones de fraude recaudatorio sobre los que enfocar y dirigir especialmente la actuación de los órganos de recaudación, sobre todo, en relación con los grandes deudores.

  • Presencia del personal funcionario de recaudación: Se continuará impulsando, en la medida que las circunstancias lo permitan, la presencia de los funcionarios de Recaudación mediante visitas y personaciones para realizar actuaciones ejecutivas y de obtención de información en relación con determinados grupos de deudores que no muestran intención de regularizar su situación, y que continúan en muchos casos ejerciendo una actividad económica sin minorar sus deudas o incluso incrementando las mismas. Se buscará con estas actuaciones tanto los efectos directos del cobro como los indirectos en otros deudores con el mismo perfil. Se efectuarán las personaciones que se consideren más efectivas, tanto en locales de negocios como en aquellos otros que la normativa exige la previa autorización judicial para realizar estas actuaciones.

  • Seguimiento de insolvencias aparentes: Se investigará especialmente la participación de deudores aparentemente insolventes en la creación de sucesivas sociedades mercantiles que no ingresan sus obligaciones tributarias, en los que se dificulte la recuperación de las deudas pendientes de cobro. Estas actuaciones se complementarán con el control de deudores fallidos para detectar posibles supuestos en los que proceda la rehabilitación de los mismos para efectuar el cobro de las deudas previamente canceladas provisionalmente como créditos incobrables.

  • Cooperación con otras Administraciones (Punto neutro de embargos): Se continuará avanzando en la implantación del mecanismo de cooperación con otras Administraciones Públicas a través del denominado Punto Neutro. Este sistema permitirá cruzar los pagos de las Administraciones Públicas con las diligencias de embargo que ellas mismas pudieran dictar contra aquellas personas o entidades que fueran simultáneamente acreedores de dichos pagos y deudores de cualquiera de aquéllas. Este mecanismo requiere del correspondiente desarrollo reglamentario, que se impulsará para que, una vez alcanzado, pueda iniciarse su funcionamiento en toda su plenitud, para así permitir de ahí en adelante incorporarse a este sistema un gran número de Administraciones Públicas.

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