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Sobre los límites al «segundo tiro» en materia tributaria

La posibilidad del "segundo tiro" no es absoluta, sino que existen restricciones que deberán ser observadas por la Administración a la hora de reiterar sus liquidaciones tributarias y se refieren a límites existentes tanto respecto del plazo máximo en el que pueden efectuarse las actuaciones de reiteración de liquidaciones, como al ámbito material de las propias actuaciones que podrían llevarse a cabo en "segundo tiro".

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La insoportable presión de las entidades colaboradoras de la recaudación.

La presión de las entidades bancarias ha llegado al punto de denunciar y rescindir convenios de colaboración en la gestión recaudatoria, vigentes hasta ahora, si bien con especialidades pues sólo tiene lugar en determinados ámbitos territoriales y  porque las propias entidades bancarias conocen bien que con su extrema presión están obligando a las Entidades Locales  a tomar una decisión de dudosa legalidad. Por Ángela Acín publicado en El blog de espublico.

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La tasa local en el ámbito del recurso de casación: los grandes debates y los que están pendiente.

El artículo realiza un análisis de las últimas Sentencias recaídas en el ámbito contencioso-administrativo, resolviendo recursos de casación en materia de tasas locales.

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Los efectos de la declaración de inconstitucionalidad del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU) «en la medida que someten a tributación situaciones de inexistencia de incrementos de valor»

Lo que señala el TC no es que resulte inconstitucional imponer el gravamen cuando en la transmisión de un inmueble, el valor de venta sea menor o igual que el de adquisición, sino que lo que hace es resolver la cuestión, hasta ahora controvertida, de la práctica de una prueba en contrario de la realidad del incremento.

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La escritura como prueba para acreditar la depreciación del valor a efectos del IIVTNU

La escritura de compraventa de un terreno es prueba suficiente para demostrar la depreciación de su valor, si bien, será la Administración Tributaria, en vía de gestión o inspección, la que, para hacer valer su derecho, deberá probar los hechos, si considera que son distintos a los declarados por el contribuyente.

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La valoración de los inmuebles urbanos o convertir el agua en vino.

Se analizan las Sentencias del Tribunal Constitucional de 16 de febrero de 2017 y de 1 de marzo de 2017 por las que se declara la inconstitucionalidad y nulidad de determinados preceptos de la normativa foral de los Territorios históricos de Guipúzcoa y Álava.

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Los efectos del requerimiento de subsanación a los obligados a comunicarse electrónicamente con las Administraciones Públicas

La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas que entró en vigor el 2 de octubre de 2016, ha dispuesto que las previsiones relativas al registro electrónico no surtan efectos hasta el 2 de octubre de 2018, es a partir de esa fecha en la que,  si se realizó la solicitud presencial carecerá de interés alguno para la Administración ya que la que se tendrá en cuenta será aquella en la que la solicitud se presente finalmente de manera electrónica.

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La SAREB como responsable subsidiario por afección de bienes para el pago del IBI.

Se analiza el contenido de la Sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 1 de Ávila, por la que se declara que ha lugar a la declaración de responsabilidad subsidiaria por afección de bienes para el pago del IBI  en los supuestos en los que la SAREB accede a la propiedad de un bien inmueble afecto en ejecución de un derecho de crédito, sin que le resulte aplicable la exclusión de responsabilidad por deudas tributarias prevista en el artículo 36.4 de la Ley 9/2012 de 14 de noviembre, de reestructuración y resolución de entidades de crédito.

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Efectos de las sentencias del TC tras la nueva Ley del Sector Público: al hilo de la reciente anulación parcial del impuesto de plusvalías que cobran los Ayuntamientos

A raíz de la reciente sentencia del Tribunal Constitucional, que ha declarado la inconstitucionalidad de varios preceptos de la Norma Foral Vasca de Guipúzcoa, reguladora del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (conocido como plusvalía municipal) y ante su previsible extensión a la Ley estatal reguladora del mismo impuesto, se han publicado numerosos comentarios relativos a las posibilidades de los contribuyentes que hayan pagado dicho Impuesto antes de la sentencia, de obtener la devolución de lo pagado. No siempre se ha tenido en cuenta, sin embargo, la normativa más reciente en esta materia incluida en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

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«Archive» y punto final.

Este mundo conectado y de avances tecnológicos constantes está generando profundos cambios en la manera de pensar, de vivir, de trabajar. Lógicamente, el sector público no puede ser ajeno a esta situación. La respuesta es la administración electrónica. A medida que avance hacia su plena implantación, se consolidará un servicio óptimo al ciudadano. Entre las herramientas necesarias para lleva a cabo todo este proceso querría destacar dos: la política de gestión de documentos electrónicos y el archivo electrónico. La colaboración público-privada permitirá completar las herramientas puestas a disposición de todas las administraciones públicas y dibujar servicios integrales que den respuesta a la necesidad de esas administraciones de instalarse en un funcionamiento exclusivamente electrónico.

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“Había una vez un sistema que demandaba ser creado…”. Cl@ve, el otro lado de la gestión de proyectos colaborativos.

Con anterioridad al nacimiento de Cl@ve, existían diferentes sistemas de identificación y autenticación electrónica para el acceso de los ciudadanos a los servicios digitales que ofrece la Administración. Por una parte, los sistemas basados en certificados electrónicos entrañaban una cierta dificultad a la hora de su utilización al requerir conocimientos técnicos básicos, y por otra parte, otros sistemas de identificación y autenticación basados en el uso de claves concertadas no eran interoperables entre sí, con el inconveniente que ello supone para el ciudadano al tener que recodar claves diferentes para acceder a los distintos servicios electrónicos de la Administración. Esta situación provocaba, entre otras consecuencias,  poca usabilidad de estos servicios ACCEDE AL DOCUMENTO

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Sobre la validez y eficacia jurídica de la firma electrónica manuscrita, biométrica o dinámica

La firma electrónica manuscrita, biométrica o dinámica en entornos presenciales tanto del ámbito del sector privado como público, en la que intervengan determinadas herramientas tecnológicas y de seguridad para la prestación de servicios de firma remota, de custodia de documentos y de dispositivos de captura, a los efectos de que el documento firmado devenga un medio de prueba que resulte útil y pertinente en sede judicial, a través de la correspondiente prueba pericial, para acreditar la autoría y el consentimiento de dicho documento (la autenticidad) y que no ha sido manipulado (la integridad).

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Transformación digital, sí o sí; documento, expediente y archivo electrónico

La transformación digital de la Administración es ineludible. Las leyes 39/2015 y 40/2015 asientan el hecho del medio electrónico como habitual en el funcionamiento de la misma. La realización de las previsiones de ambas leyes relativas a documento, expediente y archivo electrónico es un reto considerable que requiere de un esfuerzo proporcional a su importancia, global y multidisciplinar, así como de acciones, apuntadas en este artículo, que faciliten la tarea de las entidades de la Administración.

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¿Es inconstitucional el artículo 68.9 LGT?

La reforma de la Ley General Tributaria abordada en 2015 incorpora muchas y relevantes novedades que, en general, suponen un fortalecimiento de la posición jurídica de la Administración y la correlativa debilitación de la del contribuyente. Paradigma de ello es el artículo 68.9 LGT que, en última instancia, aboga por algo insostenible desde una perspectiva constitucional: bajo la coartada de la interrupción de la prescripción de las obligaciones conexas, introduce serias cortapisas al ejercicio del derecho a la tutela judicial efectiva en su vertiente cautelar (suspensión).

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Las sanciones catastrales y tributarias en relación con el Impuesto sobre Bienes Inmuebles. Necesidad de una reforma urgente. Arturo José Delgado Mercé. Revistas Tributos Locales nº 128 dic 2016-2017.

En el presente artículo trataremos acerca del principal problema concerniente a las sanciones catastrales y tributarias en el ámbito del Impuesto sobre Bienes Inmuebles. Las primeras, en relación con la falta de declaración o de declaración falsa o incompleta, no penalizan verdaderamente el daño que se causa con tales conductas a la Hacienda Pública y, en consecuencia, al interés general. La importante evolución que ha experimentado el régimen sancionador tributario no se ha visto reflejada en la normativa catastral. La regulación legal y reglamentaria que afecta al Catastro y al IBI diseña un escenario poco acorde con la proporcionalidad que todo régimen sancionador debe respetar y con una correcta distribución competencial. Arturo José Delgado Mercé Revistas Tributos Locales nº 128 dic 2016-2017. ACCEDE AL DOCUMENTO  

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Ideas para innovar y transformar la atención ciudadana desde la Ley 39/2015

La transformación digital de nuestras administraciones nos lleva a la necesidad de innovar tanto organizativamente como en los procesos públicos a través del servicio de atención e información al ciudadano, de tal forma que se genere valor público transformando las oficinas que asisten a la ciudadanía en su relación con su administración que ya es totalmente electrónica. Fermín CEREZO PECO Jefe de Sección de Transparencia y Gobierno Abierto de la Diputación de Valencia. EL CONSULTOR DE LOS AYUNTAMIENTOS, Nº 5, Quincena del 15 al 29 Mar. 2017. EDITORIAL WOLTERS KLUWER ACCEDE AL DOCUMENTO  

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Versiones y perversiones de los criterios de imposición de costas en lo Contencioso-Administrativo

Se aborda el criterio del vencimiento en las costas en el ámbito contencioso-administrativa, implantado por la Ley 37/2011, de 10 de Octubre, de medidas de agilización procesal, instituto caracterizado por la dispersión de criterio en la praxis judicial y una temible incertidumbre para los abogados, en caso de desenlace negativo del pleito, tanto sobre si deberá asumir las costas, como en qué cuantía y conceptos. Se pretende exponer el escenario legal, y los derroteros procesales de la figura junto a las posibles interpretaciones o propuestas pragmáticas para reorientarlo hacia mayores garantías de la tutela judicial efectiva.

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Comentarios de la FEMP sobre la situación fiscal de las empresas de transporte de electricidad, gas, agua e hidrocarburos respecto de las tasas por utilización privativa o el aprovechamiento especial del dominio público local.

El grupo de trabajo sectorial constituido en el seno de la FEMP  analiza el alcance de las Sentencias del Tribunal Supremo 2.725/2016 y 2.728/2016, ambas de 21 de diciembre de 2016 y que afectan a la situación de las empresas que gestionan las redes principales de transporte de electricidad y gas, respecto de las tasas a las que se refiere el artículo 20 de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. ACCEDE AL DOCUMENTO    

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