Consulta de tributos

Impuesto sobre Actividades Económicas (Consulta Vinculante V0104-19, de 16 de enero de 2019, SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas)

IAE. Promoción de terrenos. Si los consultantes han tenido los terrenos en su patrimonio personal, para su uso particular y privado durante al menos dos años anteriores a la fecha de la enajenación, no está sujeto al impuesto, en caso contrario, estaría sujeto pero exento por ser personas físicas.

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Impuesto sobre Actividades Económicas (Consulta Vinculante V3031-18, de 26 de noviembre de 2018, SG de Tributos Locales)

IAE. Epígrafe 662.2. No existe limitación alguna en cuanto a las características que deben reunir los artículos vendidos, excepto, el caso de la venta de tabaco, debiendo concurrir los requisitos de variedad, rotación e integración y, en todo caso, deben incluirse entre los productos comercializados alimentación y bebidas.

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Impuesto sobre Actividades Económicas (Consulta Vinculante V1819-18, de 21 de junio de 2018, SG de Tributos Locales)

IAE. Tributación a efectos de IAE ante el ejercicio de distintas actividades de fabricación, de forma simultánea, en el mismo local. Aplicación de la regla 7ª de la Instrucción.

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Impuesto sobre Actividades Económicas (Consulta Vinculante V2439-18, de 11 de septiembre de 2018, SG de Tributos Locales)

IAE. Venta a través de página web y plataforma digital de una app. Alta se clasifica en el grupo 845, “Explotación electrónica por cuenta de terceros”, de la sección primera de las Tarifas.

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Impuesto sobre Actividades Económicas (Consulta Vinculante V2257-18, de 27 de julio de 2018, SG de Tributos Locales)

IAE. Potencia instalada. Para que compute la potencia instalada es necesario que la maquinaria concreta  reúna ciertas características a estos efectos: "su carácter de elemento energético de naturaleza eléctrica o mecánica y estar afectos al equipo industrial que interviene directamente en la producción, y sin los cuales el proceso fabril no se podría realizar". Si la finalidad de la maquinaria utilizada es el mantenimiento de las propiedades de la materia prima almacenada hasta su utilización en el proceso productivo, su potencia instalada no deberá computarse.

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Impuesto sobre Actividades Económicas (Consulta Vinculante V2033-18, de 9 de julio de 2018, SG de Tributos Locales).

IAE. UTES. No  resulta de aplicación la exención prevista en el artículo 82.1 c) párrafo 2º del TRLRHL ya que el sujeto pasivo del impuesto es la propia Unión Temporal de Empresas no las personas físicas que la integran. En cuanto a la exención prevista en el artículo 82.1.c), tercer párrafo del TRLRHL únicamente será aplicable si el importe neto de la cifra de negocios del conjunto de actividades ejercidas por la UTE no alcanza el 1.000.000 de euros. 

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Impuesto sobre Actividades Económicas (Consulta Vinculante V2039-18, de 10 de julio de 2018, SG de Tributos Locales).

IAE. Epígrafe de tributación en el caso de transformación y comercialización de Biodiesel.

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Impuesto sobre Actividades Económicas (Consulta General 0007-18, de 8 de febrero de 2018, SG de Tributos Locales).

IAE. Comercialización de energía eléctrica, la actividad consistente en el comercio al por menor de energía eléctrica se clasificará en el epígrafe 659.9 de la sección primera de las Tarifas, “Comercio al por menor de otros productos no especificados en esta Agrupación, excepto los que deben clasificarse en el epígrafe 653.9” . El sujeto pasivo deberá satisfacer la misma en cada uno de los municipios en los que realice su actividad, y ello con independencia del mayor o menor número de municipios en los que se desarrolle la misma.

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Impuesto sobre Actividades Económicas (Consulta General 0005-18, de 7 de febrero de 2018, SG de Tributos Locales).

IAE. Comercializadoras eléctricas. Es correcta la clasificación de la actividad de comercialización de energía eléctrica en los epígrafes 659.9 o 653.9 de las Tarifas.

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Impuesto sobre Actividades Económicas (Consulta Vinculante V3287-17, de 27 de diciembre de 2017, SG de Tributos Locales).

IAE. La entidad consultante en el ejercicio 2017 no le es de aplicación la exención prevista en el artículo 82.1.c) relativa al importe neto de la cifra de negocios, ya que el elemento tributario a tener en cuenta es el que figura en su declaración por el Impuesto de Sociedades del ejercicio 2015, y referido a las dos actividades ejercidas por la consultante durante dicho período impositivo.

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Impuesto sobre Actividades Económicas (Consulta Vinculante V2379-17, de 19 de septiembre de 2017, SG de Tributos Locales).

IAE. Consideración de las superficies a efectos de tributación con respecto a los aparcamientos públicos que se utilizan para aparcar los automóviles de alquiler.

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Impuesto sobre Actividades Económicas (Consulta Vinculante V2195-17, de 22 de agosto de 2017, SG de Tributos Locales).

IAE. Epígrafes relativos a la actividad de suministro de agua en sus fases de extracción y distribución de agua tratada por un tercero.

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Impuesto sobre Actividades Económicas (Consulta General 0012-17, de 25 de abril de 2017, SG de Tributos Locales).

IAE. Los sujetos exentos del pago del IAE por cumplir los requisitos establecidos en las letras a), b), c),d), g) y h) del artículo 82.1 del TRLRHL, no están obligados a presentar la declaración de alta en la matrícula del impuesto. En la letra c) figuran, entre otras, las entidades del artículo 35.4 de la LGT -entre ellas las comunidades de bienes-, que tengan un importe neto de la cifra de negocios inferior a 1.000.000 de euros. En cuanto a los supuestos de exención del pago del IAE del apartado 1 del artículo 82 mencionado, el control sobre la información fiscal relativa al alta, variación o cese en el ejercicio de actividades económicas se apoya a través de las exigibles declaraciones de alta, modificación y baja en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores. El Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos, regula en el capítulo I del título II del Reglamento las obligaciones censales.

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Impuesto sobre Actividades Económicas (Consulta Vinculante V1590-17, de 20 de junio de 2017, SG de Tributos Locales).

IAE. Gasolinera que dispone de tienda en la que se vende todo tipo de artículos y recarga de móviles.  Si una misma persona o entidad es la propietaria de la máquina y también es el titular del establecimiento o local en el que la máquina está instalada, esa persona o entidad es sujeto pasivo por cada una de las actividades y está obligada a tributar por las dos cuotas: nacional y mínima municipal asignadas en el epígrafe correspondiente.

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Impuesto sobre Actividades Económicas (Consulta Vinculante V1184-17, de 18 de mayo de 2017, SG de Tributos Locales).

IAE. Bodegas destinadas a almacenaje de jamones, en las que se lleve a cabo la fase consistente en la maduración-curación o envejecimiento de los jamones, aportando características propias y añadiendo, en definitiva, valor al producto, culminando el proceso de producción de los citados jamones, se considera que los elementos energéticos de naturaleza eléctrica o mecánica se hallan directamente afectos al equipo industrial.

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Impuesto sobre Actividades Económicas (Consulta Vinculante V0704-17, de 16 de marzo de 2017, de SG de Tributos Locales).

IAE. En caso de que el sujeto pasivo tenga como objeto social la gestión de supermercados y celebre contratos de franquicia con "colaboradores"  estará obligado a formular tantas declaraciones de alta en la matrícula del IAE cuantos locales, definidos conforme a la regla 6ª de la Instrucción, disponga por cualquier título (cesión de uso, arrendamiento, propiedad, etc.) para el ejercicio de su actividad de comercio al por mayor.

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Impuesto sobre Actividades Económicas (Consulta Vinculante V0218-17, de 30 de enero de 2017, de SG de Tributos Locales).

IAE. La empresa que desarrolle la actividad de gestión administrativa para distintas compañías, consistente en la recepción de los vehículos accidentados o averiados, toma de datos y comprobación de coberturas y seguros, remitiendo posteriormente los vehículos al taller correspondiente, deberá darse de alta en el epígrafe 849.7 por la referida actividad. Por el depósito de dichos vehículos en sus instalaciones de forma temporal, con independencia de que cobre por ello o no, en el epígrafe 754.2 de la sección primera.

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Impuesto sobre Actividades Económicas (Consulta General 0005-17, de 14 de febrero de 2017, de SG de Tributos Locales).

IAE. Los sujetos pasivos deberán matricularse y tributar por todas y cada una de las actividades que se ejerzan de forma diferenciada unas de otras y que tengan tratamiento independiente dentro de las Tarifas.

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