Sentencias y Resoluciones

PROCEDIMIENTO INSPECTOR. Finalización del procedimiento y cómputo del plazo máximo de duración

¿Debe entenderse finalizado el procedimiento inspector con la notificación de la liquidación dictada sin tener en cuenta las alegaciones presentadas en plazo por el contribuyente, o con el posterior acto administrativo que resuelve dichas alegaciones?

Auto del Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección 1ª, de 2 de julio de 2026 (Recurso nº 5930/2025). Ponente: Sandra María González de Lara Mingo

La cuestión que presenta interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia consiste en:

Determinar si las actuaciones del procedimiento inspector concluyen con la notificación del acuerdo de liquidación dictado prescindiendo de las alegaciones formuladas por el obligado tributario dentro del plazo legalmente conferido para ello; o si, por el contrario, concluyen con la notificación del posterior acto administrativo, en el que se da respuesta a tales alegatos, incorporando como anexo el contenido del acuerdo de liquidación, anteriormente notificado.