Sentencias y Resoluciones

Resolución del Tribunal Económico Administrativo Central, nº 00/00045/2018/00/00, de 20 de marzo de 2019 en unificación de criterio.

 

SANCIONES DE TRÁFICO. Intereses de demora aplicables, no es de aplicación la Orden EHA/4078/2005 sino el artículo 16 de la Ley 47/2003 y las disposiciones de desarrollo citadas, pudiendo practicarse liquidaciones de intereses de demora por este concepto cuando superen el límite mínimo legalmente establecido cifrado en 6,00 euros.Lo que se plantea ante el TEAC es si en relación a la liquidación de los intereses de demora suspensivos resulta de aplicación el artículo 72.5 del RGR y el artículo 1 de la Orden EHA/4078/2005 de 27 de diciembre, en cuanto limita la cuantía.

El Tribunal Económico Administrativo Central, en unificación de criterio, fija el siguiente: "El artículo 72.5 del RGR aprobado por el Real Decreto 939/2005 de 29 de julio, y el artículo 1 de la Orden EHA/4078/2005 de 27 de diciembre, no son de aplicación a los intereses de demora suspensivos, aunque la suspensión se hubiera solicitado y obtenido en período ejecutivo siendo aplicable el artículo 16 de la Ley 47/2003, General Presupuestaria".

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