Sentencias y Resoluciones

RECAUDACIÓN. La responsabilidad en cadena permite impugnar la derivación subsidiaria previa, por falta de declaración de fallido de la deudora inicial

El TEAC confirma que, en los supuestos de responsabilidad en cadena, el responsable solidario puede cuestionar la validez de la previa declaración de responsabilidad subsidiaria, incluida la falta de declaración de fallido del deudor principal, cuando esta constituya un requisito para la derivación posterior.

Resolución del Tribunal Económico Administrativo Central nº 09980/2023, de 17 de septiembre de 2026

El supuesto de hecho es el de una declaración de responsabilidad solidaria del 42.2.a) LGT que deriva de una responsabilidad en cadena de dos acuerdos de declaración de responsabilidad: el primero en virtud del artículo 43.1 b) y el segundo en virtud del artículo 43.1 a) de la LGT, sin que se declarara el fallido de la deudora primogénita.

El criterio del TEAC es:

“En los supuestos de responsabilidad tributaria "en cadena", la derivación de la responsabilidad subsidiaria constituye el presupuesto de hecho habilitante de la posterior derivación de responsabilidad solidaria. En consecuencia, el responsable solidario puede impugnar el acuerdo dictado frente a él alegando la improcedencia de la previa derivación de responsabilidad subsidiaria, cuando ésta constituya un requisito para aquélla, invocando la inexistencia de declaración de fallido de la deudora primogénita”.

Reitera criterio TEAC de 17.07.2026 (RG 5154/2023) Aplicación de la doctrina de la STS de 25.01.2022 Rec.2297/2018.