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El Tribunal Supremo rechaza la nulidad de pleno derecho de las liquidaciones firmes del IIVTNU.

Beatriz Moreno Serrano analiza tres Sentencias del Tribunal Supremo de 18 de mayo de 2020 que dictaminan la imposibilidad de atacar las liquidaciones firmes y consentidas en vía administrativa, giradas en concepto de IIVTNU con anterioridad a la declaración de inconstitucionalidad de los artículos 107., 107.2 a) y 110.1 del TRLRHL, por entender que no concurren los supuestos de nulidad de pleno derecho previstos en las letras a), e), f) y g) del art. 217.1 de la LGT.



Por Beatriz Moreno Serrano, Intervención-Tesorería, categoría superior y Doctora en Derecho, para El Consultor de los Ayuntamientos, 29 de Mayo de 2020, Wolters Kluwer.

 

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