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Cierre registral para el Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana

Cierre registral para el Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana Desde el 1 enero 2013 no se puede inscribir en el Registro de la Propiedad la transmisión de un inmueble si no se le acredita al registrador que se pagado el correspondiente IIVTNU o que se ha declarado o comunicado al ayuntamiento el devengo del mismo

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¿Cómo debe cuantificarse el incremento de valor de los terrenos en el IIVTNU? La sorprendente Sentencia del TSJ de Castilla-La Mancha de 17 de abril de 2012.

¿Cómo debe cuantificarse el incremento de valor de los terrenos en el IIVTNU? La sorprendente Sentencia del TSJ de Castilla-La Mancha de 17 de abril de 2012. Los jueces y tribunales no pueden dejar de aplicar las reglas de determinación de la base imponible contenidas en el art. 107 de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.Si la aplicación de dichas reglas produjera un resultado injusto, como es probable que suceda en algunos casos, la única solución que prevé el ordenamiento jurídico es el planteamiento de la cuestión de inconstitucionalidad.

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La asunción por el comprador del pago del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana

La asunción por el comprador del pago del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana En los contratos de adquisición de vivienda a una promotora en que una cláusula impone al comprador la obligación del pago del IIVTNU es un ejemplo prototípico de “cláusula abusiva”, que deviene nula por establecer contraprestaciones desequilibradas para las partes intervinientes en el contrato, al romper el justo equilibrio de las contraprestaciones, ya que hace recaer sobre el comprador una obligación que de manera exclusiva corresponde al vendedor

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La exención de las entidades de Derecho Público del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana.

La exención de las entidades de Derecho Público del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana. Análisis del alcance de la exención del IIVTNU comprendida en el Art.105 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, relativa a las Administraciones Públicas.

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