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Consideración de los locales en las actividades comerciales

Tributación en el Impuesto sobre Actividades Económicas de la actividad de comercio. Análisis de la tributación de cada local, distinguiendo si en él se desarrolla la actividad o si se trata de un local indirectamente afecto a la actividad.

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IAE: sólo tributan por la cifra agregada de negocio los grupos obligados a presentar CCAA consolidadas

La exención en el IAE a empresas cuya cifra de negocio no supere el 1.000.000 €, se aplicará según ha interpretado el Tribunal Supremo en Sentencia de marzo de 2018, también a los grupos de empresas que aun superando esta cifra agregada, no tengan obligación de formular cuentas anuales consolidadas. Ahora bien, habrá que tener en cuenta que los efectos de esta doctrina carecerán de efectos retroactivos siendo exclusivamente prospectivos, con la excepción de aquellas liquidaciones atrasadas que no hubieran alcanzado firmeza en vía administrativa porque estuvieran impugnados por motivos diversos.

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Impuesto sobre Actividades Económicas (Consulta Vinculante V1820-15, de 10 de junio de 2015 de la Subdirección General de Tributos Locales).

Impuesto sobre Actividades Económicas (Consulta Vinculante V1820-15, de 10 de junio de 2015 de la Subdirección General de Tributos Locales). IAE: El titular de la actividad de almacén frigorífico tributará por una cuota mínima municipal por cada almacén frigorífico de que disponga, y ello con independencia del número de cámaras frigoríficas en que se divida el indicado almacén, siempre que éste tenga la consideración de un único local, de acuerdo con las normas contenidas en la regla 6ª.

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