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Las Ordenanzas no pueden tener carácter retroactivo, ni aún en el supuesto de que contengan disposiciones beneficiosas para el administrado.

Las Ordenanzas no pueden tener carácter retroactivo, ni aún en el supuesto de que contengan disposiciones beneficiosas para el administrado. De acuerdo al Art.15.3 LRHL, la ordenanza general se ha configurado como ordenanza fiscal, lo que obliga a concluir que tales ordenanzas no pueden tener carácter retroactivo en ningún caso, ni aún conteniendo disposiciones beneficiosas para el administrado.

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Prescripción del derecho a la devolución del importe satisfecho en concepto de liquidación provisional o a cuenta del ICIO.

Prescripción del derecho a la devolución del importe satisfecho en concepto de liquidación provisional o a cuenta del ICIO. El promotor de unas obras que obtuvo licencia en 2007, ha desistido de su ejecución y solicita la devolución del ICO, pero prescribe su derecho a la devolución por el transcurso de los 4 años.

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¿La tasa como tributo obligatorio? Tasas por servicios hídricos y aprovechamientos hidráulicos y condicionantes de su cuantificación.

¿La tasa como tributo obligatorio? Tasas por servicios hídricos y aprovechamientos hidráulicos y condicionantes de su cuantificación. Establecimiento de tributos: Carácter potestativo u obligatorio. La cuantificación de las tasas. Servicios del agua y cuantificación de las tasas que los gravan.

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Los bienes agermanados en la nueva Ley de Régimen Económico Matrimonial Valenciano. Posibles repercusiones tributarias.

Los bienes agermanados en la nueva Ley de Régimen Económico Matrimonial Valenciano. Posibles repercusiones tributarias. Breve análisis de la germanía en la nueva Ley de Régimen Económico Matrimonial Valenciano y sus consecuencias tributarias en el IRPF, ITPAJD e IIVTNU.

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La notificación tributaria: Requisitos formales

La notificación tributaria: Requisitos formales Caracterización de la notificación tributaria 

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Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO). Sujeción al ICIO de las llamadas obras ilegales.

Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO). Sujeción al ICIO de las llamadas obras ilegales. Liquidación del ICIO respecto de las construcciones, instalaciones u obras realizadas sin licencia siempre que no transcurra el plazo de prescripción e imposibilidad de liquidar la tasa por licencia, en el caso de no iniciar la tramitación pertinente, lo que conlleva la no realización del hecho imponible.

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Las comunicaciones y notificaciones electrónicas de las personas jurídicas y la Agencia Tributaria

Las comunicaciones y notificaciones electrónicas de las personas jurídicas y la Agencia Tributaria Habilitación a las Administraciones tributarias para acordar la asignación de una dirección electrónica para la práctica de notificaciones a determinados obligados tributarios, de manera que tras la publicación oficial del acuerdo de asignación, y previa comunicación del mismo al obligado tributario, la Administración tributaria correspondiente practicará, con carácter general, las notificaciones en la dirección electrónica.

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La simulación y otras figuras afines contrarias a la calificación legal del hecho imponible

La simulación y otras figuras afines contrarias a la calificación legal del hecho imponible La figura del contrato simulado, paralelo al fraude de ley, dentro del ámbito tributario.

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La controvertida firma del Secretario en las resoluciones de los órganos de gobierno unipersonales. Estado actual de la cuestión, a la luz de la firma electrónica.

La controvertida firma del Secretario en las resoluciones de los órganos de gobierno unipersonales. Estado actual de la cuestión, a la luz de la firma electrónica. Análisis de la firma del Secretario en las resoluciones de los órganos de gobierno unipersonales. Necesaria adaptación de la firma electrónica en el ámbito de la Administración Local. 

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