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Impuesto sobre Incremento de Valor de Terrenos de Naturaleza Urbana: Sentencia del Juzgado Contencioso-Administrativo nº 10 de Barcelona, de 24 de abril de 2.014.

Impuesto sobre Incremento de Valor de Terrenos de Naturaleza Urbana: Sentencia del Juzgado Contencioso-Administrativo nº 10 de Barcelona, de 24 de abril de 2.014. Siguiendo la doctrina marcada por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña de 18 de julio de 2013, el Juzgado da la razón al recurrente al considerar que no se ha producido, en términos económicos y reales, incremento de valor del inmueble durante el periodo en que se mantiene la propiedad, lo que determina la inexistencia del hecho imponible y la consecuente no sujeción al IIVTNU de la transmisión efectuada, por lo que se anula la liquidación practicada así como la sanción impuesta.

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Sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección segunda, del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias de 17 de marzo de 2014.

Sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección segunda, del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias de 17 de marzo de 2014. Las notas marginales de afección tributaria constituyen una limitación del dominio de origen legal que adquiere efectividad por sí misma y que no está afectada por el plazo de caducidad de 5 años, por lo que habiendo adquirido la entidad el inmueble cuando todavía estaba vigente la nota de la afección no puede alegar su condición de tercero hipotecario protegido por la Buena Fe registral.

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Resolución de 21 de febrero de 2014, de la Secretaría General de Coordinación Autonómica y Local, por la que se desarrolla la información a suministrar por las corporaciones locales relativa al esfuerzo fiscal y su comprobación en las Delegaciones de Economía y Hacienda.

Resolución de 21 de febrero de 2014, de la Secretaría General de Coordinación Autonómica y Local, por la que se desarrolla la información a suministrar por las corporaciones locales relativa al esfuerzo fiscal y su comprobación en las Delegaciones de Economía y Hacienda. La Ley 22/2013, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2014, establece, en su artículo 104, la fórmula para el cálculo del esfuerzo fiscal de los municipios, necesario para proceder a la liquidación definitiva de su participación en los tributos del Estado correspondiente a 2014. Esta fórmula se desarrolla en términos análogos a los ejercicios anteriores.Asimismo, en virtud de la citada Ley, el 30 de junio de 2014 se considera fecha límite de presentación de la información sobre esfuerzo fiscal ante las Delegaciones de Economía y Hacienda.Dicha presentación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 122.Dos de la Ley 22/2013, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2014, podrá realizarse en papel o a través de su transmisión telemática con la firma electrónica del Interventor o, en su caso, del titular del órgano de la Corporación local que tenga atribuida la función de contabilidad. Para el caso de la transmisión telemática con firma electrónica esta Secretaría General ha puesto a disposición de las Entidades locales una aplicación accesible desde la Oficina Virtual de Entidades Locales del portal del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.Al objeto de facilitar a los ayuntamientos el cumplimiento de esta obligación, se dicta  la presente resolución, con arreglo a la habilitación establecida en el artículo 122.Tres de la Ley 22/2013, antes mencionada.

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Resolución de 4 de marzo de 2014, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, sobre asistencia a los obligados tributarios y ciudadanos en su identificación telemática ante las entidades colaboradoras con ocasión del pago de deudas por el procedimiento de cargo en cuenta, mediante el sistema de firma no avanzada con clave de acceso en un registro previo (pin24h).

Resolución de 4 de marzo de 2014, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, sobre asistencia a los obligados tributarios y ciudadanos en su identificación telemática ante las entidades colaboradoras con ocasión del pago de deudas por el procedimiento de cargo en cuenta, mediante el sistema de firma no avanzada con clave de acceso en un registro previo (pin24h). Considerando que un sistema de identificación y autenticación electrónica distinto de la firma electrónica avanzada basado en la utilización de un código de usuario y una contraseña facilitadas al obligado por la Agencia Estatal de Administración Tributaria cuenta con suficientes garantías y condiciones de seguridad, y en el contexto de continuar facilitando en lo posible a los obligados tributarios el pago de sus deudas, se dicta una nueva Resolución que habilite la utilización de ese tipo de sistemas de firma electrónica no avanzada en determinados procedimientos de ingreso de deudas a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria.

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Informe anual de seguimiento de las medidas de la Comisión para la Reforma de las Administraciones Públicas

Informe anual de seguimiento de las medidas de la Comisión para la Reforma de las Administraciones Públicas En lo referente a las medidas en el ámbito de las TIC, el informe enumera una serie de medidas destinadas al impulso del uso de medios electrónicos en las relaciones con las Administraciones como son: el fomento de la prestación de servicios personalizados por medios telemáticos, el incremento de las actuaciones administrativas automatizadas, la posibilidad de actuar por medio de apoderados o representantes, el reconocimiento de certificados electrónicos por todas las Administraciones y la extensión de la presentación electrónica obligatoria para determinados colectivos con capacidad técnica y económica. se analizan proyectos concretos, como son el tablón edictal único en la sede electrónica del BOE  la unificación y simplificación de los sistemas de identificación y autenticación no avanzada”, con el establecimiento de un sistema denominado “PIN 24 horas”, originalmente puesto en práctica por la Agencia Tributaria, pero que habrá de extenderse al resto de administraciones una vez validada su utilidad.  

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Orden HAP/7/2014, de 8 de enero, por la que se regula el Registro de funcionarios habilitados para la identificación y autenticación de ciudadanos en el ámbito de la Administración General del Estado y sus organismos públicos vinculados o dependientes

Orden HAP/7/2014, de 8 de enero, por la que se regula el Registro de funcionarios habilitados para la identificación y autenticación de ciudadanos en el ámbito de la Administración General del Estado y sus organismos públicos vinculados o dependientes Desarrollo de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos. 

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Instrucción 6/2013, de 9 de diciembre, del Departamento de Recaudación, sobre gestión de aplazamientos y fraccionamientos de pago de retenciones e ingresos a cuenta y de deudores en situación de concurso de acreedores.

Instrucción 6/2013, de 9 de diciembre, del Departamento de Recaudación, sobre gestión de aplazamientos y fraccionamientos de pago de retenciones e ingresos a cuenta y de deudores en situación de concurso de acreedores. 

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