Boletín Jurídico / Consulta de tributos
Consulta de tributos
Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (Consulta Vinculante V5318-16, de 15 de diciembre de 2016, de SG de Tributos Locales).
Para la determinación de la base imponible del Impuesto sobre el Incremento de Valor de Terrenos de Naturaleza Urbana, no se tendrá en cuenta en la transmisión que origine un incremento patrimonial los gastos asociados a la enajenación.
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Recaudación ejecutiva (Consulta Vinculante V4849-16, de 11 de noviembre de 2016, de SG de Tributos Locales).
Embargo de salarios. En los meses en que percibe la paga ordinaria y la extraordinaria se debe aplicar el límite de embargabilidad de los salarios a la totalidad de las cantidades percibidas, es decir, a la suma de la paga mensual ordinaria y la paga extraordinaria. Doctrina reiterada manifestada en las consultas vinculantes con número de referencia V2034-16, de 11 de Mayo y V4181-16, de 30 de septiembre.
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Impuesto sobre Bienes Inmuebles (Consulta Vinculante V5117-16, de 25 de noviembre de 2016, de SG de Tributos Locales).
Bien de Interés Cultural del Conjunto Histórico Artístico protegido con grado de protección "estructural”. No le resulta de aplicación la exención en el IBI regulada en el artículo 62.2.b) del TRLRHL, ya que el inmueble no se encuentra incluido como objeto de protección integral, requisito exigido para gozar de la exención del impuesto
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Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (Consulta General 0040-16, de 22 de noviembre de 2016, de SG de Tributos Locales).
Si la ordenanza fiscal reguladora del IIVTNU en la que se estableció la bonificación cuestionada se publica definitivamente y entra en vigor con posterioridad a la fecha de devengo del IIVTNU, no podrá resultar de aplicación aunque las liquidaciones del IIVTNU se practiquen con posterioridad a la fecha de publicación de la ordenanza fiscal, ya que se refieren a hechos imponibles acaecidos con anterioridad.
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Tasa 1,5%. (Consulta Vinculante V4758-16, de 10 de noviembre de 2016, de SG de Tributos Locales)
Tasa 1,5%. Si la empresa consultante, en su calidad de consumidor directo en mercado, realiza el acceso a la red de distribución de energía eléctrica para “llevar” la energía hasta sus instalaciones industriales de consumo, y en la medida en que dicha red de distribución transcurra por el suelo, subsuelo o vuelo de las vías públicas municipales, estará haciendo una utilización o aprovechamiento especial del dominio público local que podrá ser objeto de gravamen por la correspondiente tasa, en el caso de que el ayuntamiento así lo estableciera. Ahora bien, la determinación del importe de esta tasa debería realizarse por la regla general de la letra a) del artículo 24.1 del TRLRHL, y no por la regla especial de la letra c), al no tratarse de una empresa explotadora de servicios de suministro.
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Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (Consulta Vinculante V5156-16, de 29 de noviembre de 2016, de SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas).
La transmisión de una vivienda a una sociedad dependiente de la la entidad de crédito acreedora del préstamo hipotecario en virtud de la dación en pago a consecuencia de la imposibilidad de efectuar la devolución de dicho préstamo hipotecario, no resultará exenta del pago del impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana dado que no es vivienda habitual.
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Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (Consulta General V0034-16, de 4 de octubre de 2016, de SG de Tributos Locales).
La Disp. Trans. vigésima del TRLHL otorga un plazo de adaptación de las ordenanzas reguladoras del IIVTNU a la nueva redacción del art. 107.3 del TRLHL dada por el RDLey 12/2012 (Medidas tributarias y administrativas dirigidas a la reducción del déficit público). Durante el año 2012 y para aquellos municipios en los que no se haya aprobado la ordenanza fiscal que establezca la reducción como potestativa, se continuará aplicando la reducción de acuerdo con la antigua redacción. Esto no impide que aquellos municipios que así lo deseen, en aras de su autonomía financiera, puedan, a partir de la entrada en vigor de la nueva redacción del art. 107.3 del TRLHL, adaptar la ordenanza fiscal reguladora del impuesto a esta nueva redacción, modificando o incluso derogando la reducción regulada en el mismo. En este caso el Ayuntamiento modifica la ordenanza fiscal reguladora del IIVTNU, con efectos desde el segundo semestre de 2012, en la que se deroga la reducción del artículo 107.3 del TRLHL, de forma que si el hecho causante del devengo del IIVTNU se produjo en agosto de 2012, no le resulta de aplicación la reducción del artículo 107.3 del TRLHL, puesto que la ordenanza fiscal reguladora del impuesto vigente en ese momento ya no regula la misma.
Consulta de tributos
Impuesto sobre Bienes Inmuebles (Consulta Vinculante V4523-16, de 19 de octubre de 2016, de SG de Tributos Locales).
Cuando la adjudicación de la gestión del servicio público se lleva a cabo a través de la fórmula de concesión administrativa, la empresa adjudicataria del contrato de concesión administrativa del servicio público al que se halla afecto el bien inmueble será sujeto pasivo contribuyente del IBI respecto de dicho bien inmueble.
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Impuesto sobre Actividades Económicas (Consulta General V3053-16, de 1 de julio de 2016, de SG de Tributos Locales).
IAE. Dos entidades mercantiles,una dominante y la otra dependiente, cuyos participes son familiares entre sí, y el administrador único de ambas es la misma persona, siendo además el partícipe mayoritario de las dos, se tomará como importe neto de la cifra de negocios el correspondiente al conjunto de sociedades.
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Recaudación Tributaria (Consulta General V4167-16, de 30 de septiembre de 2016, de Subdirección General de Tributos Locales).
Recaudación Tributaria. La exclusión de responsabilidad de una sociedad de gestión de activos se extiende a las deudas tributarias respecto de las que se predique el derecho de afección de bienes con independencia del momento del devengo y de la persona titular del bien en dicho momento.
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Recaudación Tributaria (Consulta General V4180-16, de 30 de septiembre de 2016, de SG de Tributos Locales).
Recaudación Tributaria. Los límites de embargabilidad deben aplicarse a la totalidad de las percepciones mensuales acumuladas, tanto la percepción mensual ordinaria y la paga extraordinaria.
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Impuesto sobre Actividades Económicas (Consulta General V3698-16, de 5 de septiembre de 2016, de SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas).
IAE. Obligaciones fiscales de la comunidad de bienes constituida por un grupo de empresarios, titular cada uno de ellos de una instalación fotovoltáica cuya actividad de explotación ejercen de forma separada.
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Impuesto sobre Actividades Económicas (Consulta General V4026-16, de 21 de septiembre de 2016, de SG de Tributos Locales).
IAE. Aplicación de las Tarifas. Producción incluida en el mismo proceso de fabricación y ambas actividades se desarrollan en un local único, no siendo, en ningún caso, objeto de venta los productos intermedios obtenidos en dicho proceso, sino que se integran en el proceso productivo de fabricación de productos semielaborados de materias plásticas. La regla 7ª de la Instrucción dispone que corresponderá al sujeto pasivo satisfacer la cuota correspondiente al grupo 433 más el 50 por 100 de la cuota del epígrafe 482.1.
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Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (Consulta Vinculante V3448-16 de 20 de julio de 2016, de SG de Impuestos Patrimoniales, Tasas y Precios Público).
Las transmisiones de bienes inmuebles que se efectúen como consecuencia del cumplimiento de sentencias en los casos de divorcio no estarán sujetas al IIVTNU, aunque en el momento del divorcio se liquidara la Sociedad de Gananciales sólo en parte, permaneciendo en proindiviso respecto de determinados bienes, sin perjuicio de que la disolución de dicho proindiviso se produzca años más tarde.
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Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (Consulta General V4133-16, de 27 de septiembre de 2016, de SG de Impuestos Patrimoniales, Tasas y Precios Públicos).
La reserva del aprovechamiento urbanístico en aplicación de lo dispuesto en el artículo 79 de la Ley 5/2014, de 25 de julio, de la Generalitat, sobre Ordenación del Territorio, Urbanismo y paisaje de la Comunitat Valenciana no está sujeto al IIVTNU. Lo que sí se encontrará sujeto al citado IIVTNU será la transmisión de la propiedad de los terrenos de naturaleza urbana, en los que puedan haberse materializado los derechos de aprovechamiento urbanístico, por cualquier título, o la constitución o transmisión de cualquier derecho real de goce, limitativo del dominio, sobre los referidos terrenos.
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INFORME CONSULTA IAE 0343-16 de la Subdirección General de Tributos Locales de 7 julio de 2016.
Impuesto sobre Actividades Económicas. Actividad realizada por un supermercado Aldi encuadrada en epígrafe 647.4 y 662.2 o en el epígrafe 661.3 en el que está dada de alta la empresa, tomando en cuenta un único elemento tributario: la superficie del establecimiento. informe-consulta
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Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (Consulta General V2940-16, de 23 de junio de 2016, de Subdirección General de Tributos Locales).
IMPUESTO SOBRE EL INCREMENTO DE VALOR DE LOS TERRENOS DE NATURALEZA URBANA. La transmisión de terrenos de naturaleza urbana que se efectúe como consecuencia de operaciones distributivas de beneficios y cargas ejecutadas en virtud de un procedimiento de expropiación no se encontrará sujeta al IIVTNU. Sin embargo, si el procedimiento de expropiación tiene como objetivo evitar la indefensión de los propietarios que, como consecuencia del planeamiento urbanístico, quedan sin aprovechamiento alguno, facultándoles para forzar a la Administración a que les expropie, impidiendo así que su derecho de propiedad quede vacío de contenido económico, no resultaría de aplicación la no sujeción del IIVTNU.
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Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (Consulta Vinculante V2682-16, de 14 de junio de 2016, de Subdirección General de Tributos Locales).
IMPUESTO SOBRE EL INCREMENTO DE VALOR DE TERRENOS DE NATURALEZA URBANA. Transmisión de contrato privado de aprovechamiento por turnos de un bien inmueble. Únicamente cuando se constituya el derecho de aprovechamiento por turno como derecho real limitado, la transmisión del mismo constituirá una operación sujeta al IIVTNU de acuerdo con lo que disponen los artículos 104 y siguientes del TRLRHL.